Convenio colectivo · Provincial · Cádiz
Convenio del metal de Cádiz 2026.
El convenio del metal de Cádiz está vigente (vigencia hasta el 31/12/2031). En 2026 el salario de tabla va de 25.160 € a 32.677 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 31 días naturales.
FUENTEBOP Cádiz · 24/12/2025 · actualizado elConvenio Colectivo de la Industria del Metal de la provincia de Cádiz 2024-2031
Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2031 (art. 2). Texto publicado en el BOP de 1/9/2025 y republicado con erratas corregidas el 24/12/2025. Tablas 2026 (IPC 2025, 2,9 %) publicadas en el BOP de 18/2/2026.
Comprueba que es tu convenio
Convenio provincial de la industria del metal de Cádiz (incluye instalaciones, montaje, mantenimiento, limpieza industrial y fabricación de componentes de energías renovables). Muchas grandes empresas e industrias auxiliares de la bahía y del Campo de Gibraltar tienen pactos propios.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Ingenieros Arquitectos y Licenciados | 2.042,31 € | 16 | 32.676,96 € | Calcular neto |
| Peritos y aparejadores | 1.992,72 € | 16 | 31.883,52 € | Calcular neto |
| Técnicos de Seguridad | 1.992,72 € | 16 | 31.883,52 € | Calcular neto |
| Jefe de 1ª | 1.847,70 € | 16 | 29.563,20 € | Calcular neto |
| Jefe de Taller | 1.831,95 € | 16 | 29.311,20 € | Calcular neto |
| Jefe 1ª | 1.831,52 € | 16 | 29.304,32 € | Calcular neto |
| Jefe de Diques y Varaderos | 1.824,03 € | 16 | 29.184,48 € | Calcular neto |
| Delineante proyectista | 1.790,04 € | 16 | 28.640,64 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 50. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
Ver las 50 categorías de la tabla 2026
Notas de la tabla
Anexo II. Personal obrero y profesionales de oficio: salario base DIARIO (€/día); resto: salario base MENSUAL. Hay 4 pagas extra (art. 8): julio y diciembre de 30 días, una tercera de 15 + 15 días (marzo y octubre) y una cuarta prorrateada en 12 meses. «anual» CALCULADO por nosotros como diario × 485 días o mensual × 16 (12 meses + 4 pagas), según la fórmula del salario hora del art. 21; no viene en el boletín. El plus de transporte (5,76 € en 2025; 5,93 € en 2026 por día trabajado) va aparte, en complementos. 2026: +2,9 % (IPC 2025), acta de la comisión negociadora de 19/1/2026 (BOP n.º 32 de 18/2/2026).
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 31 días naturales al año (art. 27).
7 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hecho | 17 | Mejora el Estatuto | art. 29.1 |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado | 3 (6 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 29.2 |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 29.3 |
| Primera comunión de hijos/as o hermanos/as en día laborable | 1 | Mejora el Estatuto | art. 29.4 |
| Matrimonio de progenitores, hijos/as o hermanos/as en día laborable | 1 | Mejora el Estatuto | art. 29.6 |
| Traslado del domicilio habitual | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 29.7 |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 29.8 |
| Exámenes | — | Mejora el Estatuto | art. 29.5 |
| Acompañamiento de cónyuge, pareja o hijos/as a centros sanitarios a más de 70 km | 3 | Mejora el Estatuto | art. 29.9 |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 31.4 |
| Consulta médica del sistema público | — | Mejora el Estatuto | art. 11.3 |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Plus de transporte | 5,93 € por día | Toda la plantilla, por día trabajado de lunes a domingo | art. 5 y anexo II |
| Plus de festivo | 74,65 € por día | Personal a cuadrante de rotación que trabaja alguno de los 14 festivos del calendario, si la empresa no tiene ya complemento propio por festivo | art. 7 |
| Plus de jefe/a de equipo | 20 % sobre el salario base | Profesional de oficio que, con trabajo manual, controla a un grupo de 3 a 8 personas | art. 13 |
| Plus de trabajos penosos, tóxicos o peligrosos (una circunstancia) | 2,35 € por día | Trabajos especialmente penosos, tóxicos o peligrosos con una circunstancia constatada(s), por día | art. 14 y anexo II |
| Plus de trabajos penosos, tóxicos o peligrosos (dos circunstancias) | 10,89 € por día | Trabajos especialmente penosos, tóxicos o peligrosos con dos circunstancias constatada(s), por día | art. 14 y anexo II |
| Plus de trabajos penosos, tóxicos o peligrosos (tres circunstancias) | 11,83 € por día | Trabajos especialmente penosos, tóxicos o peligrosos con tres circunstancias constatada(s), por día | art. 14 y anexo II |
| Plus de turnos | 7 % sobre el salario base | Trabajo a turnos, por día trabajado | art. 15 |
| Plus de nocturnidad | 30 % sobre la hora ordinaria por hora | Trabajo entre las 22:00 y las 6:00 (más de 1 hora); con más de 4 horas nocturnas se cobra toda la jornada | art. 16 |
| Plus de embarque | 55,43 € por día | Trabajo a bordo de un buque sin poder desembarcar durante 24 horas seguidas (pruebas de mar o similares) | art. 17 y anexo II |
| Plus de empleo estable | 786,26 € | Contratos temporales (salvo interinidad, formativos y prácticas) | art. 18 y anexo II |
| Incremento del plus de empleo estable | 1,16 € por día | Contratados desde la entrada en vigor del convenio con plus de empleo estable que habrían cobrado la 1.ª circunstancia incondicionada del plus tóxico; máximo 20 días al mes | DA 7.ª y anexo II |
| Complemento personal PPTP incondicionado | 9,88 € por día | Solo quien ya lo cobraba a la firma del convenio (antigua 1.ª circunstancia incondicionada); por día efectivo, máximo 20 al mes | DA 6.ª y anexo II |
| Complemento PPTP 2024/2030 (incorporación progresiva) | 3,95 € por día | Personal obrero, profesionales de oficio y chóferes de grúa, camión y máquinas automáticas de talleres o auxiliares que trabajan para factorías y grandes industrias, que empiezan a cobrarlo; máximo 20 días al mes | DA 6.ª |
| Quebranto de moneda | 45,16 € al mes | Cajeros/as y pagadores/as que hacen pagos o cobros habitualmente | art. 12 y anexo II |
| Compensación del cuarto de hora de bocadillo | 1,66 € por día | Jornada continuada en la que se pacta que todo el tiempo sea de trabajo efectivo | art. 25 y anexo II |
| Dieta completa | 48,36 € por día | Desplazamiento a más de 25 km del centro con comida y cena fuera, o con pernocta (alojamiento y transporte, a cargo de la empresa) | art. 10 y anexo II |
| Media dieta | 24,18 € por día | Desplazamiento a más de 25 km en el que solo se hace una de las dos comidas fuera | art. 10 y anexo II |
| Kilometraje en vehículo propio | 0,26 € | Uso del vehículo propio para el desplazamiento | art. 10 |
| Bolsa de estudios | 170,11 € | Por cada hijo/a de 3 a 16 años matriculado en enseñanza reglada | art. 22 y anexo II |
| Ayuda por hijos/as con discapacidad | 114,51 € al mes | Por cada hijo/a con discapacidad acreditada, sin límite de edad (también hermanos/as a cargo si la persona es soltera y cabeza de familia) | art. 23.1 y anexo II |
Horas extra: se pagan con un recargo del 45 % sobre la hora ordinaria. Por acuerdo entre persona trabajadora y empresa, 1,5 horas de descanso por hora extra (art. 21).
Subidas pactadas: 2025: 2,8 % (Subida en tablas del IPC real de 2024 (2,8 %) desde el 1/1/2025, con atrasos); 2026: 2,9 % (Subida en tablas del IPC real de 2025 (2,9 %) desde el 1/1/2026).
Cláusula de revisión: Cada año de 2026 a 2031 las tablas y los pluses suben, con efecto 1 de enero y atrasos, el IPC real del año anterior; si el IPC es 0 o negativo, no hay subida. Al terminar la vigencia, si nadie lo denuncia, se prorroga de año en año actualizándose con el IPC. (arts. 2 y 4 bis).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
50 categorías o puestos en 10 grupos profesionales.
Grupo Personal obrero 3 categorías
- Peón
- Especialista
- Mozo de almacén
Grupo Profesionales de oficio 4 categorías
- Oficial de 1ª A
- Oficial de 1ª · Profesionales de oficio
- Oficial de 2ª · Profesionales de oficio
- Oficial de 3ª
Grupo Personal subalterno 7 categorías
- Listero
- Almacenero
- Chofer Turismo
- Chofer Camión y Grúa Autom
- Conductor Grúa y maquinas auto
- Vigilante
- Telefonista
Grupo Personal administrativo 8 categorías
- Jefe 1ª
- Jefe 2ª
- Cajero (empresa menos de 100 Trabajadores/as.)
- Cajero (empresa 100 a 250 Trabajadores/as.)
- Oficial de 1ª · Personal administrativo
- Oficial de 2ª · Personal administrativo
- Auxiliar · Personal administrativo
- Viajante
Grupo Personal técnico no titulado 7 categorías
- Jefe de Taller
- Maestro de Taller
- Maestro 2ª
- Contramaestre
- Encargado
- Capataz Especialista
- Capataz de peones Titulados
Grupo Técnicos de oficina 5 categorías
- Delineante proyectista
- Dibujante Proyectista
- Delineante 1ª
- Delineante 2ª
- Auxiliares
Grupo Técnicos de organización del trabajo 3 categorías
- Técnico de Organización de 1ª
- Técnico de Organización de 2ª
- Auxiliares de Organización
Grupo Técnicos de laboratorio 5 categorías
- Jefe de 1ª
- Jefe de 2ª
- Analista 1ª
- Analista 2ª
- Auxiliar · Técnicos de laboratorio
Grupo Técnicos de diques y muelles 3 categorías
- Jefe de Diques y Varaderos
- Jefe de Muelle y Encargado General
- Buzos y Hombres Rana
Grupo Técnicos titulados 5 categorías
- Ingenieros Arquitectos y Licenciados
- Peritos y aparejadores
- Técnicos de Seguridad
- Maestro Industrial
- Graduado Técnico Sanitario
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Técnicos titulados, técnicos no titulados y jefes o titulados administrativos: 1 mes
- Administrativos, subalternos y obreros: 12 días
06 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio del metal de Cádiz?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2031. Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2031 (art. 2). Texto publicado en el BOP de 1/9/2025 y republicado con erratas corregidas el 24/12/2025. Tablas 2026 (IPC 2025, 2,9 %) publicadas en el BOP de 18/2/2026.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio del metal de Cádiz en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 25.160,16 € brutos al año a jornada completa (Vigilante).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio del metal de Cádiz?
31 días naturales al año, según el art. 27.
Fuente: BOP Cádiz de 24 de diciembre de 2025. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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