Convenio colectivo · Provincial · Jaén

Convenio de limpieza de edificios y locales de Jaén 2026.

ProrrogadoBOP Jaén 26/3/2024

El convenio de limpieza de edificios y locales de Jaén está prorrogado (vigencia hasta el 31/12/2025). No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 22.114 € brutos al año. Vacaciones: 31 días naturales.

FUENTEBOP Jaén · 26/03/2024 · actualizado el

Convenio Colectivo Provincial de Limpieza de Edificios Públicos y Locales para Jaén y provincia 2023-2025

CÓDIGO 23000205011981

Vencido el 31/12/2025 (art. 3); REGCON no registra denuncia ni texto nuevo a 14/10/2026, así que se prorroga de año en año (art. 86 ET). Sin tablas 2026 publicadas: se aplican las de 2025.

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

Prorrogada del año anteriorFUENTE Tabla · BOP Jaén
CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Titulado de grado superior1.474,29 €1522.114,35 €Calcular neto
Titulado de grado medio1.437,11 €1521.556,65 €Calcular neto
Titulado laboral o profesional1.412,39 €1521.185,85 €Calcular neto
Especialista noche1.336,38 €1520.045,70 €Calcular neto
Peón Especializado noche1.186,50 €1517.797,50 €Calcular neto
Peón, Limpiador/a noche1.150,11 €1517.251,65 €Calcular neto
Jefe/a administrativo/a de primera1.114,92 €1516.723,80 €Calcular neto
Especialista día1.069,10 €1516.036,50 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 17. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 17 categorías de la tabla 2026

Notas de la tabla

El anexo I solo da salario base mensual. 'anual' calculado = salario base × 15 (12 mensualidades, 2 pagas extra de 30 días y paga de beneficios de 30 días), sin pluses. Las filas «noche» son el salario del personal obrero nocturno (25 % más, art. 9). Tabla de 2025 aplicada a 2026 por prórroga (art. 86 ET): sin tablas 2026 publicadas a 14/10/2026.

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 31 días naturales al año (art. 19).

3 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio o inscripción de pareja de hecho15Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 23.a
Fallecimiento de cónyuge o pareja, hijos, padres, abuelos, nietos y hermanos (consanguinidad y afinidad), y de tíos y sobrinos consanguíneos3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 23.d
Enfermedad grave, accidente, intervención quirúrgica con o sin hospitalización u hospitalización con reposo domiciliario de esos familiares5 (7 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 23.e
Matrimonio de hijos o hermanos1Mejora el Estatutoart. 23.b
Traslado del domicilio habitual1Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 23.f
Deber inexcusable de carácter público y personal (tiempo indispensable)—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 37.3.d ET (remisión del art. 23)
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (horas retribuidas equivalentes a 4 días al año)4Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 23.l
Dos jornadas de descanso en feria o Navidad (preferentemente, de común acuerdo)2Mejora el Estatutoart. 23.j

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Complemento de antigüedad (trienios del 4 %)4 % del salario base por cada 3 años (máximo 8)Toda la plantillaart. 12; arts. 10 y 11
Plus de asistencia40,49 € al mes en 12 pagasPor mes de trabajo a jornada completa, proporcional a la jornada efectiva; se cobra por día efectivo de trabajo (cuentan como trabajados la IT por accidente, las bajas con intervención quirúrgica, los permisos retribuidos y el crédito sindical)art. 7; anexo I
Plus de no absentismo1,27 € por díaPor día efectivo de trabajo, proporcional a la jornada. Se pierde si se faltó más de un día el mes anterior (salvo IT por accidente, bajas con intervención quirúrgica, permisos retribuidos y crédito sindical)art. 16; anexo I
Plus de transporte3,25 € por díaPor día efectivo de trabajo (también en permisos retribuidos y crédito sindical), igual para todas las categorías; +25 % en jornada partida. Proporcional a las horas: mínimo el 50 % con jornadas de la mitad o menosart. 8; anexo I
Plus de domingos y festivos111,79 € al mes en 12 pagasToda la plantilla de centros donde se limpia de forma habitual en domingos y festivosart. 15; anexo I
Plus de festivos de especial significación50,32 € por díaPor trabajar Jueves Santo, Viernes Santo, 25 de diciembre, 1 o 6 de eneroart. 15; anexo I
Plus de nocturnidad25 % sobre el salario baseTrabajo entre las 22:00 y las 6:00art. 9
Plus hospitalario24,00 € al mes en 15 pagasContratos de limpieza del Complejo Hospitalario de Jaén, hospitales de Linares, Úbeda y Alto Guadalquivir (Cazorla, Puerta de Segura, Alcalá la Real, Alcaudete, Andújar) y Centro de Transfusión Sanguínea; jornada completaart. 6 bis
Incremento por toxicidad, peligrosidad o penosidad15 % sobre el salario basePuestos calificados como excepcionalmente tóxicos, penosos o peligrosos (por acuerdo, autoridad laboral o sentencia) mientras no se eliminen con medios de protecciónart. 46
Plus de distancia (kilometraje)0,35 €Si la empresa no pone transporte y, a su propuesta, se usa vehículo propio; sin vehículo, coste real del desplazamientoart. 14; anexo I
Dietas por desplazamientoPor día: 55 % del salario base diario más antigüedad con la comida principal fuera; 100 % con almuerzo y cena; 200 % con las dos comidas y pernoctaDesplazamiento fuera de la residencia habitualart. 13
Ayuda de estudios65,00 €Por cada hijo de 4 a 16 años en enseñanza obligatoria; se solicita en septiembre-octubreart. 47

Horas extra: se pagan con un recargo del 40 % sobre la hora ordinaria (art. 20).

Subidas pactadas: 2025: 3 % (3 % sobre todos los conceptos salariales (salvo plus hospitalario y ayuda de estudios)).

Cláusula de revisión: El art. 41 («Revisión salarial») solo repite las subidas pactadas en el SERCLA el 5/12/2023 (2023: 0 % y pago único de 360 €; 2024 y 2025: 3 %); no hay cláusula de revisión por IPC. (art. 41).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

17 categorías o puestos en 5 grupos profesionales.

Grupo Personal titulado 3 categorías
  • Titulado de grado superior
  • Titulado de grado medio
  • Titulado laboral o profesional
Grupo Personal administrativo 5 categorías
  • Jefe/a administrativo/a de primera
  • Jefe/a administrativo/a de segunda
  • Oficial de primera
  • Oficial de segunda
  • Auxiliar administrativo/a
Grupo Personal de mandos intermedios 2 categorías
  • Empleado/a general, supervisor/a o encargado/a de zona y encargado/a de grupos o edificios
  • Responsable de Equipo
Grupo Personal subalterno 1 categoría
  • Ordenanza, guarda, cobrador o listero
Grupo Personal obrero 6 categorías
  • Especialista día
  • Especialista noche
  • Peón Especializado día
  • Peón Especializado noche
  • Peón, Limpiador/a día
  • Peón, Limpiador/a noche

05 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de limpieza de edificios y locales de Jaén?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: prorrogado. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025. Vencido el 31/12/2025 (art. 3); REGCON no registra denuncia ni texto nuevo a 14/10/2026, así que se prorroga de año en año (art. 86 ET). Sin tablas 2026 publicadas: se aplican las de 2025.

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de limpieza de edificios y locales de Jaén en 2026?

No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 13.801,50 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de limpieza de edificios y locales de Jaén?

31 días naturales al año, según el art. 19.

Fuente: BOP Jaén de 26 de marzo de 2024. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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