Convenio colectivo · Provincial · Zamora
Convenio de Hostelería de Zamora de Zamora 2026.
El convenio de Hostelería de Zamora de Zamora está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 18.932 € brutos al año. Vacaciones: 34 días naturales.
FUENTEBOP Zamora · 08/06/2022 · actualizado elConvenio colectivo para la actividad de Hostelería, Cafés-Bares y similares de la provincia de Zamora
Vigente del 1/1/2020 al 31/12/2026 (BOP Zamora 8/6/2022), con tablas publicadas para cada año hasta 2026. Se denuncia automáticamente al terminar y sigue en vigor hasta que se firme otro.
Comprueba que es tu convenio
Convenio general de hostelería de la provincia de Zamora (alojamiento, restaurantes, cafés, bares, catering, colectividades, ocio). Vence el 31/12/2026. Varias categorías tienen en tabla un anual inferior al SMI de 2025 y 2026: en ese caso se cobra el SMI.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Jefe/a de recepción, jefe/a de administración, comercial, relaciones públicas | 1.352,29 € | 14 | 18.932,06 € | Calcular neto |
| Jefe/a de cocina | 1.352,29 € | 14 | 18.932,06 € | Calcular neto |
| Jefe/a de restaurante o sala | 1.352,29 € | 14 | 18.932,06 € | Calcular neto |
| Jefe/a de servicios | 1.352,29 € | 14 | 18.932,06 € | Calcular neto |
| Responsable de servicio | 1.352,29 € | 14 | 18.932,06 € | Calcular neto |
| 2.º jefe/a de recepción, primer/a conserje de día | 1.223,37 € | 14 | 17.127,18 € | Calcular neto |
| Segundo/a jefe/a de cocina, jefe/a de partida | 1.223,37 € | 14 | 17.127,18 € | Calcular neto |
| Segundo/a jefe/a de restaurante o sala, jefe/a de sector | 1.223,37 € | 14 | 17.127,18 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 24. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
Ver las 24 categorías de la tabla 2026
Notas de la tabla
Tabla del convenio 2020-2026 (BOP Zamora n.º 67 de 8/6/2022, anuncio R-202201718, págs. 26-29): salario mensual y anual por área funcional y grupo profesional. El anual del boletín = salario mes × 14 (12 mensualidades + pagas de julio y diciembre, art. 36). No incluye antigüedad, nocturnidad, festivos ni otros pluses. Importes leídos de la imagen de la tabla y cotejados con la capa de texto descifrada del PDF.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 34 días naturales al año (art. 19).
9 de los 16 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 21.a |
| Nacimiento de hijo/a | 4 (6 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 21.b |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 21.c |
| Fallecimiento de familiar de 3.er grado | 1 | Mejora el Estatuto | art. 21.d |
| Intervención quirúrgica o enfermedad grave de parientes hasta 2.º grado | 5 | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 4) | art. 21.e y art. 37.3.b ET |
| Accidente, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo domiciliario de parientes hasta 2.º grado | 5 | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) | art. 21.f y art. 37.3.b ET |
| Traslado de domicilio habitual | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.3.c ET |
| Exámenes | el tiempo necesario, previa justificación | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 21.g |
| Matrimonio de hijos/as o hermanos/as | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 21.h |
| Comunión o bautizo de hijos/as | 1 | Mejora el Estatuto | art. 21.i |
| Consulta médica propia | el tiempo indispensable, con justificante | Mejora el Estatuto | art. 21.j |
| Acompañar a consulta médica a hijos/as menores de 16 años | el tiempo indispensable, máximo 5 veces al año | Mejora el Estatuto | art. 21.k |
| Acompañar a consulta médica a hijos/as con discapacidad | el tiempo indispensable, sin límite de edad | Mejora el Estatuto | art. 21.l |
| Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 21.m |
| Asuntos propios | 3 | Mejora el Estatuto | art. 21 |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.3.d ET |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Antigüedad (contratados antes del 1/8/2014) | Porcentaje total sobre el salario base según años de servicio efectivo: 3 años, 3 %; 6 años, 8 %; 9 años, 16 %; 14 años, 26 %; 19 años, 38 %; 25 años, 45 %. | Personas contratadas antes del 1 de agosto de 2014. | art. 35 |
| Antigüedad (contratados desde el 1/8/2014) | Porcentaje total sobre el salario base según años de servicio efectivo: 5 años, 3 %; 10 años, 8 %; 15 años, 15 %; 20 años, 20 %; 25 años, 25 %; 30 años, 30 %. | Personas contratadas a partir del 1 de agosto de 2014. | art. 35 |
| Nocturnidad | 25 % sobre la hora ordinaria por hora | Horas trabajadas entre las 0:00 y las 8:00, salvo que el salario se haya fijado por ser un trabajo nocturno por su propia naturaleza. | art. 18 |
| Festivos trabajados | 75 % sobre el salario base | Cada festivo abonable y no recuperable trabajado. De común acuerdo puede compensarse con descanso (acumulado a vacaciones o en el mismo trimestre) o cobrarse en metálico el mes siguiente. | art. 12 |
| Complemento de idiomas | 20 % sobre el salario base | Si la empresa te pide funciones que exigen conocer un idioma que tu categoría no obliga a conocer. | art. 13 |
| Plus de toxicidad | 25 % sobre el salario base | Solo si la autoridad sanitaria ha declarado la existencia de toxicidad y mientras dure. | art. 39 |
Horas extra: el convenio no fija su precio: como mínimo, el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente (art. 35 ET) (art. 8).
Subidas pactadas: 2025: (Subida fijada directamente en la tabla de 2025 del convenio (la tabla no da porcentaje; frente a 2024 equivale a un 3 %, cálculo nuestro)); 2026: (Subida fijada directamente en la tabla de 2026 del convenio (la tabla no da porcentaje; frente a 2025 equivale a un 3 %, cálculo nuestro)).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
24 categorías o puestos en 18 grupos profesionales.
Área primera (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo I 2 categorías
- Jefe/a de recepción, jefe/a de administración, comercial, relaciones públicas
- 2.º jefe/a de recepción, primer/a conserje de día
Área primera (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo II 1 categoría
- Recepcionista, administrativo/a, conserje
Área primera (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo III 1 categoría
- Ayudantes/as administrativo, telefonista, ayudante/a de recepción, auxiliar de recepción, auxiliar de conserjería
Área segunda (cocina y economato) · grupo I 2 categorías
- Jefe/a de cocina
- Segundo/a jefe/a de cocina, jefe/a de partida
Área segunda (cocina y economato) · grupo II 1 categoría
- Cocinero/a, repostero/a, encargado/a de economato
Área segunda (cocina y economato) · grupo III 1 categoría
- Ayudante/a de economato, ayudante/a de cocina, auxiliar de cocina
Área tercera (restaurante, bar y similares, pista para catering) · grupo I 2 categorías
- Jefe/a de restaurante o sala
- Segundo/a jefe/a de restaurante o sala, jefe/a de sector
Área tercera (restaurante, bar y similares, pista para catering) · grupo II 1 categoría
- Camarero/a, barman, barwoman, sumiller/a
Área tercera (restaurante, bar y similares, pista para catering) · grupo III 1 categoría
- Ayudante/a de camarero/a, ayudante/a de economato y bodega, repartidor/a de comida a domicilio, riders
Área cuarta (pisos y limpieza) · grupo I 2 categorías
- Encargado/a general
- Encargado/a de sección
Área cuarta (pisos y limpieza) · grupo II 1 categoría
- Camarero/a de pisos
Área cuarta (pisos y limpieza) · grupo III 1 categoría
- Auxiliar de pisos y limpieza
Área quinta (servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo I 1 categoría
- Jefe/a de servicios
Área quinta (servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo II 1 categoría
- Encargado/a de mantenimiento y/o servicios auxiliares, técnico/a de flota o de instalaciones y edificios
Área quinta (servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo III 1 categoría
- Mecánico/a, calefactor/a, ebanista, electricista, carpintero/a, albañil, pintor/a, conductor/a, fontanero/a, jardinero/a, especialista de mantenimiento y servicios técnicos, monitor/a cuidador/a
Área quinta (servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo IV 1 categoría
- Ayudante de mecánico/a o calefactor/a, ayudante/a de ebanista, de carpintero/a, de electricista, de albañil y pintor/a, mozo/a de billar o salón de recreo, guarda del exterior
Área sexta (servicios complementarios) · grupo I 2 categorías
- Responsable de servicio
- Técnico/a de servicio, fisioterapeuta, dietista y otros titulados en salud
Área sexta (servicios complementarios) · grupo II 2 categorías
- Especialista de servicios (socorrista, primeros auxilios, disc-jockey, masajista, quiromasajista, especialistas de atención al cliente)
- Auxiliar de servicio (atención al cliente, auxiliar de balneario o piscina)
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
- Todo el personal: 15 días
06 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de Hostelería de Zamora de Zamora?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2026. Vigente del 1/1/2020 al 31/12/2026 (BOP Zamora 8/6/2022), con tablas publicadas para cada año hasta 2026. Se denuncia automáticamente al terminar y sigue en vigor hasta que se firme otro.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de Hostelería de Zamora de Zamora en 2026?
La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 16.632,28 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de Hostelería de Zamora de Zamora?
34 días naturales al año, según el art. 19.
Fuente: BOP Zamora de 8 de junio de 2022. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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