Convenio colectivo · Provincial · Teruel

Convenio de Hostelería de Teruel de Teruel 2026.

En ultraactividadBOP Teruel 19/10/2023

El convenio de Hostelería de Teruel de Teruel está en ultraactividad (vigencia hasta el 31/12/2023). No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 16.074 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.

FUENTEBOP Teruel · 19/10/2023 · actualizado el

Convenio Colectivo Laboral para el Sector de la Hostelería de la Provincia de Teruel para los años 2022 y 2023

CÓDIGO 44000145011981

Vencido el 31/12/2023 (denuncia automática) y sin nuevo convenio. La Comisión Paritaria fijó la tabla a 1/1/2024 (+1,40 % por IPC, BOP 7/8/2026); sin tablas de 2025 ni 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplica la de 2024 (art. 3 y art. 86 ET).

Comprueba que es tu convenio

Convenio general de la hostelería de la provincia de Teruel (no se aplica a residencias o centros geriátricos). Está vencido: rige la tabla de 2024 hasta que se firme otro. Con la tabla de 2024, base × 15 de todos los grupos queda por debajo del SMI 2026 (17.094 €): nadie puede cobrar menos del SMI en cómputo anual (anexo I y RD 126/2026).

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

Prorrogada del año anteriorFUENTE Tabla · BOP Teruel
CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Grupo primero1.071,60 €1516.074,00 €Calcular neto
Grupo segundo1.022,52 €1515.337,80 €Calcular neto
Grupo tercero980,67 €1514.710,05 €Calcular neto
Grupo cuarto934,59 €1514.018,85 €Calcular neto
Contrato formación 2º año830,20 €1512.453,00 €Calcular neto
Contrato formación 1º año732,58 €1510.988,70 €Calcular neto

Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Notas de la tabla

No hay tabla de 2026 publicada a 14/10/2026: el convenio venció el 31/12/2023 (denuncia automática, art. 4) y se sigue aplicando hasta que se firme otro (art. 3 y art. 86 ET); se copian las filas de la tabla a 1/1/2024 (BOP 7/8/2026). Si el nuevo convenio pacta subidas con efectos anteriores, habrá atrasos. Anexo I: salario base mensual por grupo profesional (anexo 1 del convenio). Anual calculado = base × 15 (12 mensualidades + tres pagas extraordinarias de salario base y antigüedad el 30 de junio, el 12 de octubre y el 20 de diciembre, art. 31). No incluye antigüedad, transporte, manutención, nocturnidad ni plus de domingos y festivos. El anexo I garantiza a toda la plantilla el SMI en cómputo anual.

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 14).

5 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio17Mejora el Estatutoart. 15
Fallecimiento de cónyuge o hijo/a5 (7 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 15
Fallecimiento de otros parientes hasta 2.º grado2 (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 37.3.b bis ET
Enfermedad grave con hospitalización de familiar5 (6 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 4)art. 15 y art. 37.3.b ET
Intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de pariente hasta 2.º grado5Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)art. 15 y art. 37.3.b ET
Traslado de domicilio habitual1Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 37.3.c ET
Matrimonio de padres, hijos/as o hermanos/as1 (3 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 15
Exámenesel tiempo indispensable, justificadoIgual o sin mínimo en el Estatutoart. 15
Consulta médica en ambulatorio o centro de especialidades de la Seguridad Social16 horas al añoMejora el Estatutoart. 15
Asuntos propios1Mejora el Estatutoart. 14
Deber inexcusable de carácter público y personalel tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatutoart. 37.3.d ET

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Complemento personal de antigüedadImporte mensual total según antigüedad: 3 años, 15,54 € (3 %); 6 años, 41,43 € (8 %); 9 años, 82,87 € (16 %); 15 años, 129,48 € (25 %); 20 años, 181,27 € (35 %). No es acumulativo: se cobra la cuantía del último tramo cumplido.Toda la plantilla, según los años de antigüedad en la empresa. Importes fijos iguales para todos los grupos (calculados sobre el salario de camarero de 1995).art. 32
Plus de nocturnidad30 % sobre la hora ordinaria por horaHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.art. 34
Plus salarial de domingos y festivos0,42 € por horaPor cada hora trabajada en domingo o festivo (de 0:00 a 24:00). Se paga a mes vencido y no sustituye el descanso.art. 35
Plus de transporte2,48 € por díaPor día efectivamente trabajado; igual para todas las categorías.art. 30
Manutención (o compensación en metálico)68,19 € al mesPersonal de establecimientos con servicio de comidas: tiene derecho a la manutención en especie, que puede sustituir, a su elección, por 68,19 € al mes. Sin servicio de comidas no hay derecho (salvo derechos adquiridos).art. 23
Plus de fidelidad (60 a 65 años)El convenio lo fija en 72,07 € para 2022 y dice que se revaloriza cada año con el IPC real del año anterior; no se ha publicado el importe actualizado, por eso no se carga cuantía.Personal con al menos 12 años en la empresa, desde el mes en que cumple 60 años hasta el mes en que cumple 65, mientras siga en la empresa. No se consolida.art. 38
Media dieta por desplazamiento15,47 € por díaServicios esporádicos fuera de la localidad del centro de trabajo, si la empresa no da la manutención.art. 36
Dieta entera por desplazamiento41,09 € por díaServicios esporádicos fuera de la localidad del centro de trabajo, si la empresa no da manutención y alojamiento.art. 36

Horas extra: precio fijado por categoría, de 11,40 a 11,40 € la hora (art. 33).

Cláusula de revisión: Si el IPC real de 2022 y 2023 supera el 6 % pactado, el 50 % de la diferencia revisa los salarios a 31/12/2023 y sirve para confeccionar las tablas desde el 1/1/2024, base del incremento de 2024 del nuevo convenio, sin atrasos de 2022 y 2023. Aplicada por la Comisión Paritaria: +1,40 %. (art. 28).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

6 categorías o puestos en 5 grupos profesionales.

Grupo primero 1 categoría
  • Grupo primero
Grupo segundo 1 categoría
  • Grupo segundo
Grupo tercero 1 categoría
  • Grupo tercero
Grupo cuarto 1 categoría
  • Grupo cuarto
Grupo Contrato formativo 2 categorías
  • Contrato formación 1º año
  • Contrato formación 2º año

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1796 h
Pagas extra3

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Nivel 1: 1 mes
  • Resto del personal: 15 días

06 · Novedades

Cómo va el siguiente convenio.

  • La Comisión Paritaria publica la tabla salarial a 1/1/2024 (+1,40 % por la cláusula de IPC). · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de Hostelería de Teruel de Teruel?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2023. Vencido el 31/12/2023 (denuncia automática) y sin nuevo convenio. La Comisión Paritaria fijó la tabla a 1/1/2024 (+1,40 % por IPC, BOP 7/8/2026); sin tablas de 2025 ni 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplica la de 2024 (art. 3 y art. 86 ET).

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de Hostelería de Teruel de Teruel en 2026?

No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 14.018,85 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de Hostelería de Teruel de Teruel?

30 días naturales al año, según el art. 14.

Fuente: BOP Teruel de 19 de octubre de 2023 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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