Convenio colectivo · Provincial · Pontevedra
Convenio de hostelería de Pontevedra 2026.
El convenio de hostelería de Pontevedra está prorrogado (vigencia hasta el 31/12/2025). No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. En 2026 el salario de tabla va de 17.492 € a 26.287 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOP Pontevedra · 31/10/2025 · actualizado elConvenio colectivo para el personal laboral de las empresas del sector de hostelería de la provincia de Pontevedra para los años 2024 y 2025
Vencido el 31/12/2025; sin denuncia registrada en REGCON ni tablas 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplica el convenio y la tabla de 2025 (art. 3).
Comprueba que es tu convenio
Convenio general de hostelería de Pontevedra (hoteles, restaurantes, cafeterías, bares, salas de fiesta, casinos y billares sin convenio propio). Los importes de 2026 son los de 2025: el convenio terminó en 2025 y no hay tabla nueva publicada.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Nivel 1 | 1.752,46 € | 15 | 26.286,93 € | Calcular neto |
| Nivel 2 | 1.621,81 € | 15 | 24.327,11 € | Calcular neto |
| Nivel 3 | 1.539,45 € | 15 | 23.091,80 € | Calcular neto |
| Nivel 4 | 1.451,64 € | 15 | 21.774,55 € | Calcular neto |
| Nivel 5 | 1.358,30 € | 15 | 20.374,55 € | Calcular neto |
| Nivel 6 | 1.314,43 € | 15 | 19.716,40 € | Calcular neto |
| Nivel 7 | 1.275,94 € | 15 | 19.139,08 € | Calcular neto |
| Nivel 8 | 1.232,04 € | 15 | 18.480,61 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 9. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
Ver las 9 categorías de la tabla 2026
Notas de la tabla
Sin tabla de 2026 publicada en el BOP de Pontevedra a 14/10/2026: el convenio (2024-2025) no pacta subida para 2026 y se aplica la tabla 2025 (art. 3 y art. 86 ET). Anexo V.2: salario base por nivel (1 a 9). El nivel depende de la categoría y del tipo de establecimiento (anexo V.3). Anual = el que da la tabla (base × 15: 12 mensualidades + pagas de julio, septiembre y diciembre, art. 31).
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 21).
8 de los 14 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 16.a |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente | 5 (6 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 16.b |
| Fallecimiento de cónyuge, padres, abuelos, nietos, hermanos o hijos (también por afinidad) | 4 (6 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 16.c |
| Fallecimiento de otros parientes hasta 2.º grado no citados | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.3.b bis ET |
| Fallecimiento de tíos/as o sobrinos/as | 2 | Mejora el Estatuto | art. 16.j |
| Enfermedad grave de tíos/as | 1 | Mejora el Estatuto | art. 16.d |
| Primera comunión de hijos/as o celebración religiosa equivalente de otras confesiones | 1 | Mejora el Estatuto | art. 16.e y 16.f |
| Matrimonio de padres, hijos/as, hermanos/as o tíos/as | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 16.g |
| Traslado de domicilio con traslado de muebles | 2 | Mejora el Estatuto | art. 16.k |
| Traslado de domicilio sin traslado de muebles | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.3.c ET |
| Consulta médica propia o de hijos/as menores de 16 años o con discapacidad | las horas precisas, con justificante | Mejora el Estatuto | art. 16.h y 16.i |
| Deber inexcusable de carácter público y personal | el tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.3.d ET |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 16.m |
| Lactancia acumulada | 18 | Mejora el Estatuto | art. 17 |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Plus de nocturnidad | 25 % sobre la hora ordinaria por hora | Horas trabajadas entre las 0:00 y las 8:00 (son nocturnas las de 22:00 a 8:00, pero el recargo solo se paga desde las 0:00), salvo que el salario se haya fijado por ser trabajo nocturno por naturaleza. | art. 32 y art. 29 |
| Plus de manutención (derecho adquirido) | 38,74 € al mes | Solo quien tenía reconocida la manutención en nómina o contrato a 31/12/1997 y la cobra en metálico. | art. 35 y anexo V |
| Plus de alojamiento (derecho adquirido) | 2,23 € al mes | Solo quien tenía reconocido el alojamiento a 31/12/1997. | art. 35 y anexo V |
| Complemento personal por ajuste de niveles | 2025: antiguo nivel 2 → 74,24 €; antiguo nivel 4 → 42,43 €; antiguo nivel 6 → 37,11 €; antiguo nivel 8 → 47,73 € al mes | Solo personas que perdieron salario base por la reducción de niveles de 2002 o de 2013. | art. 42 |
| Complemento de antigüedad (derecho adquirido) | Importe personal consolidado (el convenio no da tabla) | Solo quien lo tenía reconocido en nómina a 31/12/1993; nadie más lo genera. | art. 33 |
Horas extra: el convenio no fija su precio: como mínimo, el valor de la hora ordinaria o descanso equivalente (art. 35 ET). Art. 14: los excesos sobre la jornada anual se compensan con tiempo libre equivalente o se abonan por mutuo acuerdo (art. 14).
Subidas pactadas: 2025: 4 % (4 % para 2025).
Cláusula de revisión: Si la suma del IPC real de 2024 y 2025 supera la subida pactada para esos años (3 % + 4 %), la diferencia se suma a las tablas de 2025 con efectos de 1 de enero de 2025. (art. 29).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
9 categorías o puestos en 1 grupos profesionales.
Grupo Sin grupo 9 categorías
- Nivel 1 · nivel 1
- Nivel 2 · nivel 2
- Nivel 3 · nivel 3
- Nivel 4 · nivel 4
- Nivel 5 · nivel 5
- Nivel 6 · nivel 6
- Nivel 7 · nivel 7
- Nivel 8 · nivel 8
- Nivel 9 · nivel 9
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
06 · Novedades
Cómo va el siguiente convenio.
- Publicado en el BOP de Pontevedra el convenio de hostelería 2024-2025 (+3 % y +4 %). · Fuente
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de hostelería de Pontevedra?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: prorrogado. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2025. Vencido el 31/12/2025; sin denuncia registrada en REGCON ni tablas 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplica el convenio y la tabla de 2025 (art. 3).
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de hostelería de Pontevedra en 2026?
No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. El importe más bajo de la tabla es 17.492,27 € brutos al año a jornada completa (Nivel 9).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Pontevedra?
30 días naturales al año, según el art. 21.
Fuente: BOP Pontevedra de 31 de octubre de 2025 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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