Convenio colectivo · Provincial · Lleida

Convenio de Hostelería de Lleida de Lleida 2026.

En ultraactividadBOP Lleida 5/7/2024

El convenio de Hostelería de Lleida de Lleida está en ultraactividad (vigencia hasta el 30/6/2026). No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 27.289 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.

FUENTEBOP Lleida · 05/07/2024 · actualizado el

Conveni col·lectiu per a la indústria d'hostaleria i turisme de Lleida (2023-2026)

CÓDIGO 25100025012013

Vencido el 30/6/2026 y denunciado (REGCON, 2/6/2026). Sigue aplicándose en ultraactividad hasta el nuevo convenio (art. 5); sin tablas de 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplican las de 2025.

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

Prorrogada del año anteriorFUENTE Tabla · BOP Lleida
CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Nivel I · establecimientos categoría A1.949,20 €1427.288,80 €Calcular neto
Nivel I · establecimientos categoría B1.833,17 €1425.664,38 €Calcular neto
Nivel I · establecimientos categoría C1.749,37 €1424.491,18 €Calcular neto
Nivel II · establecimientos categoría A1.711,46 €1423.960,44 €Calcular neto
Nivel I · establecimientos categoría D1.700,65 €1423.809,10 €Calcular neto
Nivel II · establecimientos categoría B1.658,28 €1423.215,92 €Calcular neto
Nivel II · establecimientos categoría C1.601,13 €1422.415,82 €Calcular neto
Nivel II · establecimientos categoría D1.577,92 €1422.090,88 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 28. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 28 categorías de la tabla 2026

Notas de la tabla

Vencido el 30/6/2026 y denunciado (REGCON, 2/6/2026); sin tablas de 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplican las de 2025 (art. 5 y art. 86 ET). El art. 35 prevé un +1 % adicional con efectos de 1/1/2026 si el IPC interanual de julio de 2025 a junio de 2026 supera el 3 %; no se ha aplicado porque no hay tabla publicada. Niveles V BIS y VI (1.184 €) quedan por debajo del SMI 2026: se cobra el SMI. Categorías de establecimiento (anexo I.6): A = hoteles GL, 5, 4 superior y 4 estrellas, restaurantes de 5 y 4 tenedores, cafés-bares especiales, casinos de 1.ª, bares americanos, salas de baile de lujo y 1.ª, cafeterías de 3 tazas…; B = hoteles de 3 estrellas, apartamentos de 1.ª y 2.ª, cafeterías de 2 tazas, bares de 1.ª, casinos de 2.ª y 3.ª, tablaos, restaurantes de 3 tenedores, barbacoas, pizzerías, colectividades y catering; C = granjas, restaurantes de 2 tenedores, hostales de 3 estrellas, hoteles de 2 estrellas, cafeterías de 1 taza, bares de 2.ª, billares con bebida; los comercios con degustación van a la C (art. 2); D = hoteles de 1 estrella, hostales y pensiones de 2 y 1 estrellas, fondas, campings, restaurantes, bares, tabernas, cervecerías, heladerías, salas de fiesta y discotecas, casinos de 4.ª, albergues, casas de payés y viviendas de uso turístico.

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 30).

6 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio o registro de pareja de hecho o pareja estable (una vez cada 2 años)15Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 33
Fallecimiento de cónyuge, pareja o parientes hasta 2.º grado3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 33
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de cónyuge, pareja, parientes hasta 2.º grado o conviviente5Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 33
Acompañar a familiares de 1.er grado a quimioterapia o radioterapia (tiempo indispensable)—Mejora el Estatutoart. 33
Boda de hijos, nietos, hermanos, cuñados, padres o suegros (1 a 3 días según desplazamiento)1 (3 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 33
Exámenes (tiempo indispensable)—Mejora el Estatutoart. 33
Traslado de domicilio habitual2Mejora el Estatutoart. 33
Asuntos propios (con 90 días de antigüedad, sin justificar)2Mejora el Estatutoart. 33
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (horas retribuidas equivalentes a 4 días al año)4Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 33

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Antigüedad consolidadaImporte personal congelado a 31/12/2007, revalorizado cada año con las subidas del convenio; no absorbible ni compensableSolo quien tenía antigüedad reconocida a 31/12/2007. Desde 2008 no se generan nuevos tramos.art. 36 y art. 43
Nocturnidad (por hora)25 % sobre la hora ordinaria por horaHoras trabajadas de 00:00 a 6:00 (las de 22:00 a 24:00 van sin recargo). Si entraste en la empresa antes del 4/12/2015, todas las horas de 22:00 a 6:00. No se paga si tu salario ya se fijó como nocturno por la naturaleza del trabajo.art. 42
Plus fijo mensual de nocturnidadsegún categoría, de 49,24 a 93,37 € al mesAlternativa al pago por hora para quien hace entre 420 y 520 horas nocturnas al año (de 00:00 a 6:00; de 22:00 a 6:00 si entraste antes de la publicación del convenio).art. 42 y anexo I.2
Festivos no recuperables trabajados40 % sobre el salario baseCuando un festivo no recuperable no se disfruta o cae en tu descanso semanal: lo disfrutas otro día y además cobras un 40 %. Si coincide con vacaciones queda absorbido (como máximo uno).art. 32
Plus de festivos no recuperables (prorrateo mensual)según categoría, de 12,21 a 25,54 € al mesSolo si la empresa opta por pagar los festivos no recuperables prorrateados cada mes en lugar de festivo a festivo.art. 32 y anexo I.3
Manutención46,22 € al mes en 12 pagasCentros donde se elaboran comidas (restaurantes, catering…). Tú eliges cobrarla en dinero o en especie (mínimo 3 meses). Proporcional si trabajas 4 h al día o 20 h a la semana o menos. Por acuerdo con la representación puede entenderse incluida en el salario.art. 38 y anexo I.5.a
Compensación por limpieza de ropa de trabajo14,53 € al mes en 12 pagasSolo si la empresa no se encarga de conservar y lavar uniformes y ropa de trabajo.art. 41 y anexo I.5.d
Plus de transporte14,03 € al mes en 12 pagasSolo quien ya lo cobraba el 1/5/1995. Además, puede pactarse individualmente un plus de transporte de hasta 125,26 € por jornada partida o distancia de más de 5 km.art. 40 y anexo I.5.c
Complemento de alojamiento28,39 € al mes en 12 pagasSolo quien tenía derecho a alojamiento el 1/5/1995.art. 39 y anexo I.5.b
Servicio extraordinario de camarero/a o cocinero/a71,63 € por díaPersonal contratado especialmente para un servicio extraordinario (banquete, coffee break, cóctel…). Es el total por servicio, salariales y no salariales incluidos.art. 2.2 y anexo I.4
Servicio extraordinario de limpieza, ayudante, etc.58,92 € por díaPersonal contratado especialmente para un servicio extraordinario. Es el total por servicio.art. 2.2 y anexo I.4
Premio de vinculación (al cesar en la empresa)2 mensualidades a los 10 años de servicio, 3 a los 15, 4 a los 20, 5 a los 25, 6 a los 30 y 7 a los 35; mensualidad = salario de tabla + prorrata de pagas extra + antigüedad consolidadaDesde el 1/7/2025: tener 50 años o más al cesar por cualquier causa, salvo despido procedente firme o dimisión (sí cuenta la dimisión para jubilarte o por incapacidad permanente). Años de trabajo efectivo ininterrumpido.art. 37

Horas extra: se pagan como la hora ordinaria. Pueden compensarse con un tiempo equivalente de descanso; en cada centro se negocia si se compensan con una hora de descanso o en dinero (art. 34).

Subidas pactadas: 2025: 1 % (Máximo 1 % adicional con efectos de 1/1/2025 si el IPC interanual de julio de 2024 a junio de 2025 supera el 3 %. La tabla 2025 publicada solo aplica el 3 %.); 2025: 3 % (3,00 % para el periodo de 1/7/2025 a 30/6/2026, con efectos de 1/1/2025 (tabla publicada en el BOP de 26/8/2025)); 2026: 1 % (Máximo 1 % adicional con efectos de 1/1/2026 si el IPC interanual de julio de 2025 a junio de 2026 supera el 3 %. Sin tabla publicada a 14/10/2026.).

Cláusula de revisión: Al terminar 2025 y 2026, si el IPC interanual de julio a junio (2024-2025 y 2025-2026) supera el 3 %, se aplica un incremento adicional de hasta el 1 % con efectos de 1 de enero de 2025 y de 2026, respectivamente. (art. 35).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

97 categorías o puestos en 1 grupos profesionales.

Grupo Sin grupo 97 categorías
  • 1r. Cap menjador · nivel I
  • 1r. Encarregat/da bàrman/barwoman · nivel I
  • 1r. Encarregat/da taulell · nivel I
  • Cap cuina · nivel I
  • Cap recepció · nivel I
  • Comptable general · nivel I
  • Majordom/a pisos · nivel I
  • Cap de contractació i reserves · nivel I
  • 1r. Conserge dia · nivel II
  • 2n. Cap de cuina · nivel II
  • 2n. Cap de menjador · nivel II
  • 2n. Cap de recepció · nivel II
  • 2n. Encarregat/da Taulell · nivel II
  • 2n. Encarregat/da sala · nivel II
  • Cap de sala · nivel II
  • Cap partida · nivel II
  • Cap sector · nivel II
  • Encarregat/da general govern · nivel II
  • Encarregat/da economat i celler · nivel II
  • Encarregat/da sala billars · nivel II
  • Tècnic/a manteniment · nivel II
  • 2n Conserge dia · nivel III
  • 2a. Governant/a · nivel III
  • Bàrman/barwoman · nivel III
  • Caixer/a administratiu/va · nivel III
  • Caixer/a menjador · nivel III
  • Cambrers/es i dependents/es · nivel III
  • Conserge nit · nivel III
  • Cuiner/a · nivel III
  • Encarregat/da llenceria i bugaderia · nivel III
  • Encarregat/da treballs · nivel III
  • Facturador menjador · nivel III
  • Interventor/a · nivel III
  • Oficial comptabilitat · nivel III
  • Professor/a educ. física · nivel III
  • Recepcionista · nivel III
  • Comercial · nivel III
  • Esteticista · nivel III
  • Caixer/a taulell · nivel IV
  • Calefactors · nivel IV
  • Cambrer/a de pisos · nivel IV
  • Cellerer · nivel IV
  • Massatgista · nivel IV
  • Mecànic · nivel IV
  • Oficial 2n comptable · nivel IV
  • Paleta, pintor/a i fuster/a · nivel IV
  • Planxista · nivel IV
  • Reboster/a · nivel IV
  • Sommelier · nivel IV
  • Taquiller/a · nivel IV
  • Telefonista · nivel IV
  • Tenidor/a de comptes · nivel IV
  • Xofer primera · nivel IV
  • Animador/a turístic/a · nivel IV
  • Socorrista · nivel IV
  • Controlador/a d’accessos de discoteques, sales de festa i espectacles · nivel IV
  • Ajudant recepció · nivel V
  • Ajudant bàrman/barwoman · nivel V
  • Ajudant cafeter/a · nivel V
  • Ajudant calefactor/a · nivel V
  • Ajudant cambrer/a · nivel V
  • Ajudant conserge · nivel V
  • Ajudant de cuiner/a · nivel V
  • Ajudant dependent/a · nivel V
  • Ajudant econ. i celler · nivel V
  • Ajudant manteniment · nivel V
  • Ajudant planxista · nivel V
  • Ajudant reboster/a · nivel V
  • Ajudant xofer · nivel V
  • Ascensorista · nivel V
  • Aux. Oficina · nivel V
  • Cafeter/a · nivel V
  • Fregador/a netejador · nivel V
  • Guarda-roba · nivel V
  • Marmitó/ona · nivel V
  • Mosso/a billar · nivel V
  • Mosso/a equipatges · nivel V
  • Mosso/a habitacions · nivel V
  • Mosso/a magatzem · nivel V
  • Mosso/a neteja · nivel V
  • Neteja plats · nivel V
  • Ordenança saló · nivel V
  • Personal lavabo · nivel V
  • Personal neteja · nivel V
  • Responsable Piscina · nivel V
  • Planxador/a, cosidor/a, bugaderia · nivel V
  • Porter/a accés · nivel V
  • Porter/a cotxes · nivel V
  • Porter/a serveis · nivel V
  • Vigilant nit · nivel V
  • Xofer segona · nivel V
  • Vigilant piscina · nivel V
  • Ajudant animador/a turístic · nivel V
  • Dietista sense experiència · nivel V
  • Treballadors/res que accedeixin al seu primer lloc de treball en el sector o que no tinguin experiència professional · nivel V BIS
  • Grum menor 18 anys · nivel VI
  • Grum Marmitó/ona menor 18 anys · nivel VI

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1791 h
Pagas extra2

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

  • Grupos profesionales 1 y 2 de cualquier área funcional: 2 meses
  • Resto de grupos (empresas de 11 o más personas): 15 días
  • Resto de grupos (empresas de menos de 11 personas): 1 mes

06 · Novedades

Cómo va el siguiente convenio.

  • Inscrita en REGCON la denuncia del convenio y la promoción de la negociación de uno nuevo. · REGCON
  • Publicadas las tablas salariales de 2025 (+3 %, con efectos de 1/1/2025). · Fuente
  • Publicado el convenio 2023-2026 (subidas del 4 %, 3 % y 3 % con cláusula de IPC). · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de Hostelería de Lleida de Lleida?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en ultraactividad. Vigencia del 1/7/2023 al 30/6/2026. Vencido el 30/6/2026 y denunciado (REGCON, 2/6/2026). Sigue aplicándose en ultraactividad hasta el nuevo convenio (art. 5); sin tablas de 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplican las de 2025.

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de Hostelería de Lleida de Lleida en 2026?

No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 16.576,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de Hostelería de Lleida de Lleida?

30 días naturales al año, según el art. 30.

Fuente: BOP Lleida de 5 de julio de 2024 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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