Convenio colectivo · Provincial · León

Convenio de Hostelería de León de León 2026.

En negociaciónBOP León 21/7/2023

El convenio de Hostelería de León de León está en negociación (vigencia hasta el 31/12/2025). No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. En 2026 el salario de tabla va de 17.808 € a 27.824 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 31 días naturales.

FUENTEBOP León · 21/07/2023 · actualizado el

Convenio Colectivo Provincial de Hostelería y Turismo de León para los años 2023, 2024 y 2025

CÓDIGO 24002505011979

Vencido el 31/12/2025 y denunciado automáticamente; desde el 1/1/2026 se aplica íntegro hasta el nuevo (art. 3). Negociación promovida (REGCON, 13/3/2026); sin acuerdo publicado a 14/10/2026: rigen las tablas de 2025.

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

Prorrogada del año anteriorFUENTE Tabla · BOP León
CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Jefe de recepción · establecimientos de lujo y 1.ª clase1.854,90 €1527.823,50 €Calcular neto
Contable general · establecimientos de lujo y 1.ª clase1.854,90 €1527.823,50 €Calcular neto
Jefe de personal · establecimientos de lujo y 1.ª clase1.854,90 €1527.823,50 €Calcular neto
Primer conserje de día · establecimientos de lujo y 1.ª clase1.854,90 €1527.823,50 €Calcular neto
Jefe de cocina · establecimientos de lujo y 1.ª clase1.854,90 €1527.823,50 €Calcular neto
Jefe de sala · establecimientos de lujo y 1.ª clase1.854,90 €1527.823,50 €Calcular neto
1.º jefe de comedor · establecimientos de lujo y 1.ª clase1.854,90 €1527.823,50 €Calcular neto
1.º encargado/a general de cafetería · establecimientos de lujo y 1.ª clase1.854,90 €1527.823,50 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 234. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 234 categorías de la tabla 2026

Notas de la tabla

Vencido el 31/12/2025; sin tablas 2026 publicadas a 14/10/2026: se aplican las de 2025 (art. 3 y art. 86 ET). Anexo I, «Tablas salariales año 2025»: salario mensual por categoría del convenio (con su ocupación y grupo profesional del ALEH) y clase de establecimiento (lujo y 1.ª clase, segunda clase, tercera y sucesivas; el convenio no define estas clases: se usa la clasificación turística del establecimiento). Anual calculado × 15: 12 mensualidades + gratificaciones de Navidad, julio y septiembre de 30 días de salario (art. 11). Salario mínimo garantizado de convenio: 17.808,00 € brutos anuales en 2025 (art. 15). No incluye plus de asistencia, manutención ni plus «ad personam». Pequeñas diferencias de céntimos entre filas equivalentes (1.266,42/1.266,43; 1.304,77/1.304,78/1.304,90) son las del boletín.

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 31 días naturales al año (art. 24).

7 de los 10 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio o registro de pareja de hecho15Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 23.a
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º grado o conviviente (+1 día fuera de la localidad, +2 en provincias limítrofes, +3 en el resto de España)5 (8 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 23.b
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado (2 días más con desplazamiento)3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 23.b bis
Traslado del domicilio habitual2Mejora el Estatutoart. 23.c
Deber inexcusable de carácter público y personal (tiempo indispensable)—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 23.d
Fuerza mayor por motivos familiares urgentes (horas retribuidas equivalentes a 4 días al año)4Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 23.l
Boda de hijos/as, padres, hermanos/as o cuñados/as; primera comunión o bautizo de hijos/as o nietos/as (+1 a +3 días según desplazamiento)1 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 23.m
Exámenes en centros de formación (retribuidos los 10 primeros días del año)—Mejora el Estatutoart. 23.n
Asuntos personales (avisando con 7 días)1Mejora el Estatutoart. 23.o
Acudir al médico (tiempo necesario)—Mejora el Estatutoart. 23.p

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Plus de asistencia4,97 € por díaToda la plantilla, por cada día de asistencia efectiva al trabajo.art. 10
Manutención (complemento en especie o en metálico)25,52 € al mes en 11 pagasEstablecimientos con comedor abierto al público: la empresa da la comida los días de trabajo o paga este complemento mensual.art. 12
Plus «ad personam» (antigüedad consolidada)Importe personal consolidado a 30/3/2016; no sube con el convenio y no es absorbible ni compensableSolo quien tenía antigüedad generada hasta el 30/3/2016: se consolidó en un importe personal fijo.art. 13 y art. 11
Horas nocturnas25 % sobre la hora ordinaria por horaHoras trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.art. 20.6
Premio de vinculación en la empresaDos meses de vacaciones retribuidas (salario + plus «ad personam») y un mes más por cada cinco años que pasen de los quince; si no se disfrutan, se pagan con la liquidaciónAl dejar la empresa por cualquier causa salvo despido procedente, con al menos 15 años seguidos en ella.art. 14

Horas extra: se pagan con un recargo del 62 % sobre la hora ordinaria. O descanso retribuido equivalente incrementado al menos en el mismo 62 % (art. 20).

Subidas pactadas: 2025: 3,5 % (Incremento del 3,50 % para 2025 (anexo I)); 2026: 1 % (Si el IPC de 2023, 2024 y 2025 supera el 11 %, se incrementa la diferencia con un tope del 1 % para los tres años, que pasa a tablas con efectos de 1/1/2026, sin retroactividad.).

Cláusula de revisión: Si el IPC de 2023, 2024 y 2025 supera el 11 %, se aplica un incremento por la diferencia con un tope del 1 % para los tres años (el salario no podrá subir en conjunto más del 12 %); la diferencia pasa a tablas con efectos de 1/1/2026, sin carácter retroactivo. En la negociación para 2026 se reactivará la cláusula de revisión del convenio 2008-2010 en los términos que se acuerden. (art. 9).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

78 categorías o puestos en 18 grupos profesionales.

Área funcional primera (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo profesional 1.º 6 categorías
  • Jefe de recepción (ALEH: Jefe/a recepción)
  • Segundo jefe de recepción (ALEH: 2.º Jefe/a recepción)
  • Contable general (ALEH: Jefe/a administración)
  • Jefe de personal
  • Primer conserje de día (ALEH: Primer/a conserje)
  • Segundo conserje de día
Área funcional primera (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo profesional 2.º 11 categorías
  • Recepcionista
  • Cajero/a
  • Conserje de noche (ALEH: Conserje)
  • Interventor (ALEH: Administrativo/a)
  • Contable
  • Oficial administrativo
  • Ayudante de recepción (ALEH: Ayudante/a recepción y/o conserjería)
  • Ayudante de conserjería
  • Telefonista de 1.ª (ALEH: Telefonista)
  • Telefonista de 2.ª
  • Auxiliar administrativo (ALEH: Ayudante/a administrativo/a)
Área funcional primera (recepción, conserjería, relaciones públicas, administración y gestión) · grupo profesional 3.º 6 categorías
  • Portero (ALEH: Auxiliar recepción y conserjería)
  • Vigilante de noche
  • Ordenanza de salón
  • Botones
  • Mozo de equipajes
  • Aspirante administración
Área funcional segunda (cocina y economato) · grupo profesional 1.º 2 categorías
  • Jefe de cocina (ALEH: Jefe/a cocina)
  • 2.º Jefe de cocina (ALEH: 2.º Jefe/a cocina)
Área funcional segunda (cocina y economato) · grupo profesional 2.º 11 categorías
  • Jefe de partida (ALEH: Jefe/a partida)
  • Cocinero (ALEH: Cocinero/a)
  • Repostero jefe (ALEH: Repostero/a)
  • Oficial repostero
  • Encargado de economato y bodega (ALEH: Encargado/a economato)
  • Bodeguero
  • Ayudante de cocinero (ALEH: Ayudante/a cocina)
  • Ayudante de repostero
  • Cafetero
  • Ayudante de economato y cafeterías (ALEH: Ayudante/a economato)
  • Ayudante de economato y bodega
Área funcional segunda (cocina y economato) · grupo profesional 3.º 2 categorías
  • Pinche (ALEH: Auxiliar cocina/economato)
  • Fregador
Área funcional tercera (restaurante, sala, bar y similares, colectividades y pista para catering) · grupo profesional 1.º 6 categorías
  • Jefe de sala (ALEH: Jefe/a restaurante o sala)
  • 1.º jefe de comedor
  • 1.º encargado/a general de cafetería
  • 2.º Jefe de comedor (ALEH: 2.º Jefe/a restaurante o sala)
  • 2.º Encargado de mostrador
  • Jefe de operaciones (ALEH: Jefe/a operaciones catering)
Área funcional tercera (restaurante, sala, bar y similares, colectividades y pista para catering) · grupo profesional 2.º 8 categorías
  • Jefe de sector (ALEH: Jefe/a sector)
  • Camarero (ALEH: Camarero/a)
  • Cajero de comedor
  • 1.º Barman o barwoman (barras americanas) (ALEH: Barman/Barwoman)
  • 2.º Barman/barwoman
  • Sumiller (ALEH: Sumiller/a)
  • Jefe de sala de catering (ALEH: Jefe/a sala catering)
  • Supervisor / Jefe de equipo (ALEH: Supervisor/a catering)
Área funcional tercera (restaurante, sala, bar y similares, colectividades y pista para catering) · grupo profesional 3.º 4 categorías
  • Ayudante de camarero (ALEH: Ayudante/a camarero/a)
  • Ayudante de dependiente
  • Ayudante de preparación (ALEH: Asistente preparador/montador de catering)
  • Montador de discos
Área funcional cuarta (pisos y limpieza) · grupo profesional 1.º 3 categorías
  • Encargada general o gobernanta de primera (ALEH: Gobernante/a o Encargado/a general)
  • Gobernanta de segunda (ALEH: Subgobernante/a o Encargado/a sección)
  • Encargada de lencería o lavadero
Área funcional cuarta (pisos y limpieza) · grupo profesional 2.º 5 categorías
  • Lencería (ALEH: Camarero/a pisos)
  • Camarero/a de habitación
  • Planchadora
  • Costurero/a - lencería
  • Lavandero/a
Área funcional cuarta (pisos y limpieza) · grupo profesional 3.º 2 categorías
  • Limpiador/a (ALEH: Auxiliar pisos y limpieza)
  • Mozo de limpieza
Área funcional quinta (servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional 1.º 1 categoría
  • Encargado de trabajos (servicio técnico) (ALEH: Encargado/a mantenimiento y servicios auxiliares y Encargado/a mantenimiento y servicios técnicos catering; o flota; o instalaciones y edificios)
Área funcional quinta (servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional 2.º 4 categorías
  • Oficial mecánico/a o calefactor/a (ALEH: Especialista mantenimiento y servicios auxiliares y Especialista mantenimiento y servicios técnicos catering (flota e instalaciones y edificios))
  • Oficial ebanista
  • Oficial carpintero
  • Oficial jardinero
Área funcional quinta (servicios de mantenimiento y servicios auxiliares) · grupo profesional 3.º 3 categorías
  • Ayudante de mecánico o calefactor (ALEH: Auxiliar mantenimiento y servicios auxiliares)
  • Ayudante de jardinero
  • Ayudante carpintero/ebanista
Área funcional sexta (servicios complementarios) · grupo profesional 1.º 1 categoría
  • Responsable servicio
Área funcional sexta (servicios complementarios) · grupo profesional 2.º 2 categorías
  • Técnico servicio (fisioterapeuta, dietista y otros titulados en ciencias de la salud) (ALEH: Técnico servicio)
  • Especialista servicio (socorrista o especialista primeros auxilios, animador/a turístico o tiempo libre, monitor/a deportivo/a, pinchadiscos, masajista, quiromasajista, esteticista, especialista termal o balneario, hidroterapeuta y especialista atención al cliente) (ALEH: Especialista servicio)
Área funcional sexta (servicios complementarios) · grupo profesional 3.º 1 categoría
  • Auxiliar servicio (auxiliar atención al cliente y auxiliar de piscina o balneario) (ALEH: Auxiliar servicio)

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1790 h
Pagas extra3

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

06 · Novedades

Cómo va el siguiente convenio.

  • Inscrita en REGCON la promoción de la negociación del nuevo convenio. · REGCON
  • Publicado el convenio 2023-2025 (subidas del 4 %, 3,5 % y 3,5 %). · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de Hostelería de León de León?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: en negociación. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025. Vencido el 31/12/2025 y denunciado automáticamente; desde el 1/1/2026 se aplica íntegro hasta el nuevo (art. 3). Negociación promovida (REGCON, 13/3/2026); sin acuerdo publicado a 14/10/2026: rigen las tablas de 2025.

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de Hostelería de León de León en 2026?

No se ha publicado tabla de 2026: sigue aplicándose la última tabla publicada. El importe más bajo de la tabla es 17.808,15 € brutos al año a jornada completa (Cajero de comedor · establecimientos de tercera clase y sucesivas).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de Hostelería de León de León?

31 días naturales al año, según el art. 24.

Fuente: BOP León de 21 de julio de 2023 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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