Convenio colectivo · Provincial · Ciudad Real

Convenio de Hostelería de Ciudad Real de Ciudad Real 2026.

VigenteBOP Ciudad Real 15/7/2026

El convenio de Hostelería de Ciudad Real de Ciudad Real está vigente (vigencia hasta el 31/12/2027). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 18.042 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.

FUENTEBOP Ciudad Real · 15/07/2026 · actualizado el

Convenio Colectivo para los años 2025-2027 de la Hostelería de la provincia de Ciudad Real

CÓDIGO 13000215011982

Convenio 2025-2027 publicado en el BOP de Ciudad Real el 15/7/2026 (corrección del art. 39 el 18/8/2026). 2025 mantiene las tablas de 2024; 2026 sube un 3,5 % (tabla provisional). Los atrasos se pagan en dos meses desde la publicación.

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Nivel salarial 11.202,77 €1518.041,55 €Calcular neto
Nivel salarial 21.194,41 €1517.916,15 €Calcular neto
Nivel salarial 31.123,89 €1516.858,35 €Calcular neto
Nivel salarial 41.090,14 €1516.352,10 €Calcular neto

Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Notas de la tabla

Anexo III «Tabla salarial año 2026 provisional (incremento de 3,5 % sobre la tabla de 2025)»; puede revisarse si el IPC de 2026 supera el 3,5 % (tope 0,5 %). Anexo III: salario base mensual por nivel salarial (1 a 4); la ocupación de cada nivel está en 'categorias' (anexo II). Anual calculado = salario base × 15: 12 mensualidades + pagas de marzo (30 días de salario), verano y Navidad (salario garantizado más antigüedad), art. 43. No incluye el plus de permanencia (95,12 € al mes en 2026 a jornada completa), la antigüedad ni otros pluses. Disp. adicional primera: quien quedó en un nivel inferior al reencuadrarse conserva su salario anterior.

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 18).

7 de los 14 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio o inscripción como pareja de hecho17Mejora el Estatutoart. 20.b
Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho, pariente hasta 2.º grado o conviviente que requiera cuidado5Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 20.c
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 20.d
Traslado del domicilio habitual2Mejora el Estatutoart. 20.e
Matrimonio de padres, madres, hermanos/as o hijos/as1 (2 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 20.f
Comunión o bautizo de hijos/as1Mejora el Estatutoart. 20.a
Asuntos propios1Mejora el Estatutoart. 20.k
Acompañar a consulta médica a hijos/as menores de 12 años o con discapacidad, o a padres a cargo4Mejora el Estatutoart. 20.l
Imposibilidad de acceder al centro de trabajo por restricciones de la autoridad o riesgo grave (catástrofe, fenómeno meteorológico)4Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 20.o
Deber inexcusable de carácter público o personal—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 20.g
Exámenes en centros de formación profesional, académica o social—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 20.h
Visita al médico del Sistema Público de Salud—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 20.i
Cursos de formación pactados con la empresa—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 20.j
Examen del carnet de conducir—Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 20.n

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Plus de permanencia95,12 € al mes en 12 pagasToda la plantilla, según las horas semanales contratadas: de 31 a 40 h, 95,12 €; de 21 a 30 h, 70,59 €; de 11 a 20 h, 47,56 €; de 0 a 10 h, 23,78 € al mes. 12 meses al año; no se cobra durante la incapacidad temporal.art. 41 y anexo III
Antigüedad (escala por años en la empresa)Porcentaje acumulado sobre el salario garantizado: 3 % a los 3 años, 8 % a los 6, 16 % a los 9, 25 % a los 15, 40 % a los 20 y 45 % a los 24 añosToda la plantilla, desde la fecha de ingreso (cuentan el periodo de prueba, el aprendizaje, la IT y la excedencia forzosa).art. 40
Plus de nocturnidad6,44 € por díaSolo si trabajas al menos dos tercios de tu jornada en horas nocturnas en una empresa que funciona 24 horas: por cada jornada nocturna desde las 22:00. En el resto de casos el convenio entiende que el salario ya tiene en cuenta el trabajo nocturno.art. 42 y anexo III
Plus de distancia0,32 €Si la empresa no pone transporte y el centro de trabajo está a más de 2 km del casco urbano de la localidad donde te contrataron. Se paga a la ida y a la vuelta.art. 44 y anexo III
Manutención en metálico (completa)84,24 € al mesEstablecimientos que sirven comidas o cenas, si tu horario coincide con esos servicios y la manutención en especie se sustituye por dinero. Se cobra aparte del sueldo.art. 45 y anexo III
Bocadillo en metálico30,00 € al mesSi no tienes derecho a manutención y tu horario incluye las franjas de 12 a 16 h o de 20 a 24 h: bocadillo o su compensación.art. 45 y anexo III
Alojamiento en metálico33,66 € al mesSolo si tienes reconocido el derecho a alojamiento y la empresa decide sustituirlo por dinero.art. 46 y anexo III
Quebranto de moneda41,38 € al mesPor cada caja, a repartir entre las personas responsables de ella.art. 47 y anexo III
Plus de formación225,00 € al mes en 1 pagasSi tu empresa no imparte las 25 horas de formación anual previstas: el importe del año completo, o la parte proporcional si trabajaste menos tiempo.art. 48 y anexo III
Servicios extras: primeras 4 horas49,45 €Personas ajenas a la plantilla contratadas para un servicio extraordinario (banquetes, cócteles, celebraciones). Además cobran el plus de permanencia y la parte proporcional de la indemnización por fin de contrato.art. 49 y anexo III
Servicios extras: cada hora a partir de la 4.ª15,78 € por horaPersonas contratadas para un servicio extraordinario, por cada hora a partir de la cuarta.art. 49 y anexo III
Festivo no disfrutado y trabajado85 % sobre la hora ordinariaCuando por razones técnicas u organizativas no puedes disfrutar un festivo y no se compensa con descanso.art. 19
Premio de vinculación al cese entre 60 y 65 añosMensualidades del salario garantizado: 11 a los 60 años, 10 a los 61, 9 a los 62, 8 a los 63, 7 a los 64 y 6 a los 65Si dejas la empresa entre los 60 y los 65 años con al menos 10 años de servicio (no aplica si te acoges a la jubilación parcial del art. 31).art. 30

Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria (art. 27).

Subidas pactadas: 2025: (Año 2025: se mantienen las condiciones económicas de 2024 (sin subida)); 2026: 3,5 % (Incremento del 3,5 % sobre las tablas de 2025; si el IPC de 2026 lo supera, se revisa el exceso con tope del 0,5 % desde el 1/1/2027); 2027: 3,5 % (Incremento del 3,5 % sobre 2026; si el IPC de 2027 lo supera, se revisa el exceso con tope del 0,5 % desde el 1/1/2028).

Cláusula de revisión: Si el IPC interanual a 31 de diciembre de 2026 (o de 2027) supera el 3,5 %, se revisan las condiciones económicas en el exceso con un tope del 0,5 %, aplicable desde el 1 de enero del año siguiente y como base de la siguiente subida. (art. 39 (corregido)).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

63 categorías o puestos en 3 grupos profesionales.

Grupo Primero 18 categorías
  • Jefe/a de recepción · nivel 1
  • Jefe/a de administración · nivel 1
  • Jefe/a comercial · nivel 1
  • 2.ª jefe/a de recepción · nivel 1
  • Primer/a conserje · nivel 1
  • Jefe/a de cocina · nivel 1
  • Jefe/a de catering · nivel 1
  • 2.º jefe/a de cocina · nivel 1
  • Jefe/a de restaurante o sala · nivel 1
  • Jefe/a de operaciones de catering · nivel 1
  • Gerente de centro · nivel 1
  • 2.º jefe/a de restaurante o sala · nivel 1
  • Jefe/a de servicios de catering · nivel 1
  • Responsable de servicio · nivel 1
  • Gobernante/a o encargado/a general · nivel 2
  • Subgobernante/a o encargado/a de sección · nivel 2
  • Encargado/a de mantenimiento y servicios auxiliares · nivel 2
  • Encargado/a de mantenimiento y servicios técnicos de catering (flota o instalaciones y edificios) · nivel 2
Grupo Segundo 33 categorías
  • Técnico/a de prevención de riesgos laborales · nivel 2
  • Recepcionista · nivel 2
  • Conserje · nivel 2
  • Administrativo/a · nivel 2
  • Relaciones públicas · nivel 2
  • Comercial · nivel 2
  • Jefe/a de partida · nivel 2
  • Encargado/a de economato · nivel 2
  • Cocinero/a · nivel 2
  • Repostero/a · nivel 2
  • Jefe/a de sector · nivel 2
  • Supervisor/a de catering · nivel 2
  • Supervisor/a de restauración moderna · nivel 2
  • Supervisor/a de colectividades · nivel 2
  • Jefe/a de sala de catering · nivel 2
  • Camarero/a · nivel 2
  • Barman/barwoman · nivel 2
  • Sumiller/a · nivel 2
  • Escanciador/a · nivel 2
  • Técnico/a de servicio (fisioterapeuta, dietista y otros titulados en Ciencias de la Salud) · nivel 2
  • Ayudante de recepción y conserjería · nivel 3
  • Ayudante administrativo/a · nivel 3
  • Telefonista · nivel 3
  • Ayudante de cocina · nivel 3
  • Ayudante de economato · nivel 3
  • Preparador/a montador/a de catering · nivel 3
  • Conductor/a de equipo de catering · nivel 3
  • Preparador/a de restauración moderna · nivel 3
  • Camarero/a de pisos · nivel 3
  • Encargado/a de sección (mantenimiento) · nivel 3
  • Especialista de mantenimiento y servicios auxiliares · nivel 3
  • Especialista de mantenimiento y servicios técnicos de catering · nivel 3
  • Especialista de servicio (socorrista, animador/a, monitor/a deportivo, pinchadiscos, masajista, esteticista, especialista termal, atención al cliente…) · nivel 3
Grupo Tercero 12 categorías
  • Monitor/a o cuidador/a de colectividades · nivel 3
  • Repartidor/a de comidas y bebidas · nivel 3
  • Ayudante de camarero/a · nivel 3
  • Ayudante de equipo de catering · nivel 3
  • Auxiliar de recepción y conserjería · nivel 4
  • Auxiliar de cocina y economato · nivel 4
  • Asistente de colectividades · nivel 4
  • Asistente de preparador/a montador/a de catering · nivel 4
  • Asistente de restauración moderna · nivel 4
  • Auxiliar de pisos y limpieza · nivel 4
  • Auxiliar de mantenimiento y servicios auxiliares · nivel 4
  • Auxiliar de servicio (atención al cliente, piscina o balneario) · nivel 4

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1798 h
Pagas extra3

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

06 · Novedades

Novedades del convenio.

  • Publicada la corrección del art. 39 (subidas salariales y plazo de dos meses para pagar atrasos). · Fuente
  • Publicado en el BOP de Ciudad Real el convenio de hostelería 2025-2027: congelación en 2025 y subida del 3,5 % en 2026. · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de Hostelería de Ciudad Real de Ciudad Real?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2027. Convenio 2025-2027 publicado en el BOP de Ciudad Real el 15/7/2026 (corrección del art. 39 el 18/8/2026). 2025 mantiene las tablas de 2024; 2026 sube un 3,5 % (tabla provisional). Los atrasos se pagan en dos meses desde la publicación.

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de Hostelería de Ciudad Real de Ciudad Real en 2026?

La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 16.352,10 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de Hostelería de Ciudad Real de Ciudad Real?

30 días naturales al año, según el art. 18.

Fuente: BOP Ciudad Real de 15 de julio de 2026 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

¿Eres empresa?

Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.

Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.

Ver soluciones para empresas

Volver arriba