Convenio colectivo · Provincial · Badajoz

Convenio de hostelería de Badajoz 2026.

VigenteDOE 27/1/2025

El convenio de hostelería de Badajoz está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario de tabla va de 16.721 € a 17.970 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 31 días naturales.

FUENTEDOE · 27/01/2025 · actualizado el

Convenio Colectivo Provincial de Hostelería para la Provincia de Badajoz 2024, 2025 y 2026

CÓDIGO 06000295011981

Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2026. Tabla 2026 PROVISIONAL (+2,35 %), publicada en el DOE de 20/5/2026; se revisará si el IPC de 2026 supera el 2,35 % (tope 3,25 %).

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

Tabla provisionalFUENTE Tabla · DOE
CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Grupo primero1.104,32 €1517.969,72 €Calcular neto
Grupo segundo1.066,61 €1517.404,07 €Calcular neto
Grupo tercero1.021,04 €1516.720,52 €Calcular neto

Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Notas de la tabla

Tabla PROVISIONAL de 2026 (DOE nº 95 de 20/5/2026): salarios definitivos de 2025 + 2,35 %. Si el IPC real de 2026 supera el 2,35 %, se actualizará con efectos de 1/1/2026 hasta un máximo del 3,25 % (art. 24). Salario base mensual por grupo profesional (I, II y III). Anual calculado = salario base × 15 (12 mensualidades y pagas de julio, octubre y diciembre de una mensualidad más la antigüedad consolidada, art. 26) + plus de transporte × 11 + salario en especie × 11 (no se cobran en vacaciones, arts. 28 y 32). El salario en especie se puede descontar si comes en el trabajo. No incluye antigüedad consolidada (congelada a 31/12/2012) ni otros pluses.

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 31 días naturales al año (art. 14).

9 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio o registro de pareja de hecho16Mejora el Estatutoart. 19.a
Enfermedad o accidente grave, hospitalización o intervención con hospitalización de parientes hasta 2.º grado5 (7 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 19.b
Fallecimiento de parientes hasta 2.º grado4 (6 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 19.b
Intervención sin hospitalización con reposo de parientes hasta 2.º grado o conviviente que requiera cuidado5 (7 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 19.c
Matrimonio de hijo/a, hermano/a o padres1 (3 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 19.d
Traslado de domicilio2 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 19.e
Asuntos propios (sin justificar, con 5 días de antelación)2Mejora el Estatutoart. 19.f
Deber público o privado, incluidos exámenesel tiempo indispensableMejora el Estatutoart. 19.g
Acompañar a hijos menores al médico8 horas al añoMejora el Estatutoart. 19.h
Consultas médicas privadas8 horas al añoMejora el Estatutoart. 19.i
Consultas médicas en la sanidad públicael tiempo indispensableMejora el Estatutoart. 19.j

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Horas nocturnas2,56 € por horaPor cada hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00, salvo que tu salario se haya fijado ya como nocturno por la naturaleza del puesto.art. 29
Festivo trabajado (no domingo)30 % sobre el salario basePor cada festivo que no sea domingo y que trabajes. Además del 30 % en dinero, el festivo se acumula a vacaciones (5 festivos trabajados = 7 días de descanso) o, si se acuerda, se paga al 175 % (total 205 %). Si el festivo coincide con tu descanso semanal, se compensa al 205 % en descanso o en dinero, a tu elección.art. 16
Plus de ferias12,83 € por díaPor cada día de feria de tu localidad (fijados por la comisión de festejos). Lo cobra toda la plantilla.art. 15
Gratificación de la fiesta patronal (29 de julio)12,83 €Toda la plantilla: el 29 de julio es festivo a todos los efectos.art. 17
Compensación por ropa de trabajo20,17 € al mesSolo si la empresa no paga todas las prendas que te exige o no las renueva cada dos temporadas.art. 33
Gratificación por nacimiento de hijo/a103,30 €Por cada hijo/a que nazca.art. 34

Horas extra: se pagan con un recargo del 75 % sobre la hora ordinaria (art. 27 y art. 11).

Subidas pactadas: 2025: 2,35 % (Incremento inicial del 2,35 % sobre 2024, revisable al IPC real de 2025 con tope del 3,25 %); 2025: 2,9 % (Revisión al IPC real de 2025 (2,9 %): tablas definitivas de 2025 con efectos de 1/1/2025); 2026: 2,35 % (Incremento inicial del 2,35 % sobre los salarios definitivos de 2025, revisable al IPC real de 2026 con tope del 3,25 %).

Cláusula de revisión: Para 2025 y 2026 se aplica una subida inicial del 2,35 %; si el IPC real de España del año supera el 2,35 %, los salarios se actualizan con efectos de 1 de enero hasta igualar ese IPC, con un máximo del 3,25 %. Si no se activa, quedan como definitivos. Atrasos en los 3 meses siguientes a la publicación en el DOE. (art. 24).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

63 categorías o puestos en 3 grupos profesionales.

Grupo primero 17 categorías
  • Jefe/a de recepción
  • Segundo/a jefe/a de recepción
  • Jefe/a de administración
  • Primer/a conserje
  • Jefe/a comercial
  • Jefe/a de cocina
  • Segundo/a jefe/a de cocina
  • Jefe/a de catering
  • Jefe/a de restaurante o sala
  • Segundo/a jefe/a de restaurante o sala
  • Jefe/a de operaciones de catering
  • Gerente de centro
  • Gobernante/a o encargado/a general
  • Subgobernante/a o encargado/a de sección (pisos)
  • Jefe/a de servicio de catering
  • Encargado/a de mantenimiento y servicios auxiliares y de servicios técnicos de catering
  • Responsable de servicio
Grupo segundo 32 categorías
  • Recepcionista
  • Conserje
  • Administrativo/a
  • Relaciones públicas
  • Comercial
  • Técnico/a de prevención de riesgos laborales
  • Ayudante/a de recepción y conserjería
  • Telefonista
  • Ayudante/a administrativo
  • Jefe/a de partida
  • Cocinero/a
  • Repostero/a
  • Encargado/a de economato
  • Ayudante/a de cocina
  • Ayudante/a de economato
  • Jefe/a de sector
  • Camarero/a
  • Barman/Barwoman
  • Sumiller/a
  • Escanciador/a
  • Jefe/a de sala de catering
  • Supervisor/a de catering
  • Supervisor/a de colectividades
  • Supervisor/a de restauración moderna
  • Conductor/a de equipo de catering
  • Preparador/a montador/a de catering
  • Preparador/a de restauración moderna
  • Camarero/a de pisos
  • Encargado/a de sección (mantenimiento)
  • Especialista de mantenimiento y servicios auxiliares / servicios técnicos de catering
  • Técnico/a de servicio (fisioterapeuta, dietista y otros titulados en ciencias de la salud)
  • Especialista de servicio (socorrista, animador/a, monitor/a deportivo/a, pinchadiscos, masajista, esteticista, especialista termal…)
Grupo tercero 14 categorías
  • Auxiliar de recepción y conserjería
  • Auxiliar de cocina/economato
  • Ayudante/a de camarero/a
  • Ayudante/a de equipo de catering
  • Monitor/a o cuidador/a de colectividades
  • Asistente de colectividades
  • Asistente preparador/a de catering
  • Asistente de restauración moderna
  • Repartidor/a de comidas y bebidas
  • Auxiliar de pisos y limpieza
  • Auxiliar de mantenimiento y servicios auxiliares
  • Auxiliar de servicio
  • Auxiliar de atención al cliente
  • Auxiliar de piscina o balneario

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1784 h
Pagas extra3

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

El convenio no lo regula: se aplica el Estatuto (art. 14).

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

06 · Novedades

Novedades del convenio.

  • Publicadas en el DOE las tablas definitivas de 2025 (subida total del 2,9 %, igual al IPC) y provisionales de 2026 (+2,35 %) de la hostelería de Badajoz. · Fuente
  • Publicado en el DOE el convenio de hostelería de Badajoz 2024-2026. · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de hostelería de Badajoz?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2026. Vigente del 1/1/2024 al 31/12/2026. Tabla 2026 PROVISIONAL (+2,35 %), publicada en el DOE de 20/5/2026; se revisará si el IPC de 2026 supera el 2,35 % (tope 3,25 %).

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de hostelería de Badajoz en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 16.720,52 € brutos al año a jornada completa (Grupo tercero).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de hostelería de Badajoz?

31 días naturales al año, según el art. 14.

Fuente: DOE de 27 de enero de 2025 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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