Convenio colectivo · Provincial · Soria

Convenio de construcción de Soria 2026.

VigenteBOP Soria 10/5/2024

El convenio de construcción de Soria está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario de tabla va de 20.125 € a 33.039 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 30 días naturales.

FUENTEBOP Soria · 10/05/2024 · actualizado el

Convenio Colectivo de Trabajo de Construcción y Obras Públicas de la provincia de Soria

CÓDIGO 42000035011981

Vigente hasta el 31/12/2026. Tablas definitivas de 2025 y 2026 publicadas en el BOP de Soria de 22/12/2025, con los pluses y horas extra en el BOP de 11/2/2026.

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Nivel II · retribución mensual1.989,46 €1433.038,69 €Calcular neto
Nivel III · retribución mensual1.746,81 €1429.425,33 €Calcular neto
Nivel IV · retribución mensual1.625,60 €1427.620,46 €Calcular neto
Nivel V · retribución mensual1.504,26 €1425.813,38 €Calcular neto
Nivel VI · Encargado · retribución diaria46,05 €/día1424.215,15 €Calcular neto
Nivel VI · retribución mensual1.381,37 €1423.983,47 €Calcular neto
Nivel VII · Capataz · retribución diaria43,47 €/día1423.048,74 €Calcular neto
Nivel VII · retribución mensual1.303,87 €1422.828,86 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 20. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 20 categorías de la tabla 2026

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 21).

8 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio o registro de pareja de hecho15Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 22.1.a
Nacimiento o adopción de un hijo (+2 días con desplazamiento)2 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 22.1.b
Matrimonio de un hijo (+2 días con desplazamiento)1 (3 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 22.1.c
Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado3 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 22.1.d
Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente5 (7 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 22.1.e
Traslado del domicilio habitual1Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 22.1.f
Exámenes en centros de enseñanza reconocidos (tiempo necesario)—Mejora el Estatutoart. 22.1.g
Consulta médica propia con justificante (tiempo necesario)—Mejora el Estatutoart. 22.1.h
Acompañamiento a consulta médica de menores, mayores o dependientes familiares de 1.er grado (bolsa de 15 horas al año)—Mejora el Estatutoart. 22.1.i
Asuntos propios (1 día al año)1Mejora el Estatutoart. 17
Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el voto)tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatutoart. 22.2

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Compensación por ropa de trabajo0,37 € por díaSustituye la entrega de dos monos o buzos al año; por día trabajadoart. 33 (importe del acta de 4/12/2025)
Desgaste de herramientas0,37 € por díaCuando la persona trabajadora usa su propia herramienta; por día trabajadoart. 33 (importe del acta de 4/12/2025)
Compensación por prenda de abrigo0,11 € por díaPersonal de obra, de octubre a marzo, si la empresa no entrega anorak o similar; por día efectivamente trabajadoart. 33
Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreteras4,00 € por díaPersonal de los grupos 1 a 5 que trabaja de forma habitual en conservación y mantenimiento de autopistas, autovías y carreteras; proporcional si la jornada es inferiorart. 28 (importe ratificado en el acta de 4/12/2025)
Dieta completa35,00 € por díaDesplazamientoart. 31
Media dieta17,00 € por díaDesplazamientoart. 31
Gastos de locomoción por desplazamiento0,19 €Desplazamiento en que la empresa no pone medios propiosart. 32
Plus de trabajo nocturno25 % sobre el salario base por horaTrabajo entre las 22:00 y las 6:00art. 34
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos20 % sobre el salario baseLabores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosasart. 62 del VII CGSC
Complemento por discapacidad17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más); un solo complementoDiscapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más)art. 30
Antigüedad consolidada («ad personam»)Importe personal que se suma a las pagas extra y a la retribución de vacacionesSolo quien la tenía consolidada (Acuerdo sectorial de 1996)arts. 21 y 27

Horas extra: precio fijado por categoría, de 12,88 a 14,31 € la hora (art. 20 (importes del acta de 4/12/2025)).

Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Garantía salarial 2022-2024 (IPC acumulado 11,6 %): las tablas de 2024 suben un 0,40 % desde el 1/1/2025, sin efectos retroactivos; otro 0,40 % va al plan de pensiones.); 2025: 3,5 % (Tablas 2025 = tablas 2024 (con garantía) + 3,50 %, con efectos de 1/1/2025.); 2026: 3 % (Tablas 2026 = tablas 2025 + 3,0 %, con efectos de 1/1/2026.).

Cláusula de revisión: Cláusula de garantía 2025-2026 del VII Convenio General: si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso va a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (art. 55.7 VII CGSC (BOE 10/12/2025)).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

20 categorías o puestos en 1 grupos profesionales.

Grupo Sin grupo 20 categorías
  • Nivel II · retribución mensual · nivel II
  • Nivel III · retribución mensual · nivel III
  • Nivel IV · retribución mensual · nivel IV
  • Nivel V · retribución mensual · nivel V
  • Nivel VI · retribución mensual · nivel VI
  • Nivel VII · retribución mensual · nivel VII
  • Nivel VIII · retribución mensual · nivel VIII
  • Nivel IX · retribución mensual · nivel IX
  • Nivel X · retribución mensual · nivel X
  • Nivel XI · retribución mensual · nivel XI
  • Nivel XII · retribución mensual · nivel XII
  • Nivel VI · Encargado · retribución diaria · nivel VI
  • Nivel VII · Capataz · retribución diaria · nivel VII
  • Nivel VIII · Oficial 1.ª · retribución diaria · nivel VIII
  • Nivel IX · Oficial 2.ª · retribución diaria · nivel IX
  • Nivel X · Ayudante · retribución diaria · nivel X
  • Nivel XI · Peón especializado · retribución diaria · nivel XI
  • Nivel XII · Peón · retribución diaria · nivel XII
  • Nivel XIII · nivel XIII
  • Nivel XIV · nivel XIV

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1736 h
Pagas extra2

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

  • Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
  • Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
  • Empleados de niveles VI a X: 2 meses
  • Resto de empleados: 15 días
  • Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
  • Resto de personal operario: 15 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

06 · Novedades

Novedades del convenio.

  • Publicados los pluses de asistencia, transporte, ropa y herramientas y los precios de las horas extra de 2024, 2025 y 2026 · Fuente
  • Tablas salariales definitivas 2024, 2025 (+3,5 %) y 2026 (+3 %) y aportaciones al plan de pensiones (acta de 4/12/2025) · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de construcción de Soria?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026. Vigente hasta el 31/12/2026. Tablas definitivas de 2025 y 2026 publicadas en el BOP de Soria de 22/12/2025, con los pluses y horas extra en el BOP de 11/2/2026.

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de construcción de Soria en 2026?

El importe más bajo de la tabla es 20.124,96 € brutos al año a jornada completa (Nivel XII · retribución mensual).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Soria?

30 días naturales al año, según el art. 21.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.

Fuente: BOP Soria de 10 de mayo de 2024 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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