Convenio colectivo · Provincial · Jaén

Convenio de construcción de Jaén 2026.

VigenteBOP Jaén 9/12/2021

El convenio de construcción de Jaén está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 19.617 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.

FUENTEBOP Jaén · 09/12/2021 · actualizado el

Convenio Colectivo de Trabajo para la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Jaén

CÓDIGO 23000375011982

Vigente hasta el 31/12/2026 según REGCON. Tablas definitivas de 2025 y 2026 publicadas en el BOP de Jaén de 21/1/2026.

01 · Tablas salariales

Tablas salariales 2026.

CategoríaSalario base / mesPagasBruto anualNeto
Nivel VI · Encargado de obra, oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª1.209,12 €1419.616,77 €Calcular neto
Nivel VII · Capataz, delineante de 2.ª, especialista de oficio1.200,40 €1419.417,43 €Calcular neto
Nivel VIII · Oficial de 1.ª de oficio, oficial administrativo de 2.ª1.147,05 €1418.658,42 €Calcular neto
Nivel IX · Oficial de 2.ª de oficio, auxiliar administrativo1.128,54 €1418.155,84 €Calcular neto
Nivel XIV · Contrato formativo, más de 21 años, 2.º año1.128,54 €1418.155,84 €Calcular neto
Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª1.116,03 €1417.944,52 €Calcular neto
Nivel XI · Peón especializado, especialista de 2.ª36,62 €/día1417.680,72 €Calcular neto
Nivel XII · Peón ordinario, limpiador/a36,11 €/día1417.444,83 €Calcular neto

Las 8 categorías mejor pagadas de 16. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.

Ver las 16 categorías de la tabla 2026

02 · Permisos y vacaciones

Permisos y vacaciones.

Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 26).

4 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.

Permiso retribuidoDíasFrente al EstatutoArtículo
Matrimonio15Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 25.1.a
Nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo (+2 días naturales con desplazamiento)2 (4 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 25.1.b
Matrimonio de un hijo (+2 días naturales con desplazamiento)1 (3 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 25.1.c
Fallecimiento del cónyuge o parientes hasta 2.º grado (+2 días naturales con desplazamiento)3 (5 con desplazamiento)Mejora el Estatutoart. 25.1.d
Enfermedad, accidente, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo del cónyuge o parientes hasta 2.º grado5 (4 con desplazamiento)Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2)art. 25.1.e
Familiar de 1.er grado derivado a boxes u hospital de día2Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 25.1.h
Traslado del domicilio habitual1Igual o sin mínimo en el Estatutoart. 25.1.f
Exámenes en centros de enseñanza reconocidos (tiempo necesario)—Mejora el Estatutoart. 25.1.g
Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el voto)tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatutoart. 25.2

03 · Pluses y horas extra

Pluses y horas extra.

Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.

Plus o complementoCuántoQuién lo cobraArtículo
Plus de asistencia11,89 € por díaPor día laborable (se paga por 6 días a la semana aunque haya festivo; solo deja de contar el domingo). Se pierde la semana con dos faltas injustificadas, y 6 días si se falta sin justificar dos lunes del mismo mesart. 31 y tablas (tabla 2026)
Plus de transporte5,99 € por díaPor día realmente trabajado de lunes a viernesart. 40 y tablas (tabla 2026)
Plus de carencia de incentivos6,64 € por díaSe abona todos los días a quien no trabaja a mayor rendimiento (art. 39); absorbible y compensableart. 32 y tablas (tabla 2026)
Plus de gruista14,55 € por díaGruistas; incentivo por día efectivo trabajadoart. 37.7 del convenio («Art. 39: Plus de Gruista» en las tablas (tabla 2026))
Plus de disponibilidad para la conservación10,92 € por díaTrabajadores de carreteras o vías férreas en disponibilidad o retén fuera de su horario; por día, además de las horas extra del servicio prestadoart. 36 y tablas (tabla 2026)
Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos20 % sobre el salario baseLabores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidableart. 38
Complemento por discapacidad27,27 € al mes (13-22 %), 38,20 € (23-32 %) y 54,56 € (33 % o más)Discapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más); un solo complementoart. 30 del convenio («Art. 31» en las tablas (tabla 2026))
Plus compensatorio para el desarrollo de políticas sociales20,00 € al mes en 12 pagasSolo si la empresa no acredita su adhesión a la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Obras de Jaén ni un plan propio de políticas sociales visado por la Comisión Paritaria; sea cual sea la jornadaart. 33
Plus de distancia0,27 €Obra a más de 2 km del casco urbano de la residencia, con medios no facilitados por la empresa; un viaje de ida y otro de vuelta por día trabajadoart. 40 y tablas (tabla 2026)
Dieta completa43,71 € por díaDesplazamiento que impide pernoctar en casa; por día natural (20 % si la empresa organiza y paga manutención y alojamiento)art. 41 y tablas (tabla 2026)
Media dieta18,29 € por díaDesplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo trabajadoart. 41 y tablas (tabla 2026)
Desgaste de herramientas0,71 € por díaOficiales de 1.ª y 2.ª, ayudantes y peones especializados que usan sus herramientas porque la empresa no las facilita; por día efectivoart. 42 y tablas (tabla 2026)
Antigüedad consolidada («ad personam»)Importe fijo mensual o diario y en pagas extra y vacaciones según nivel y bienios o quinquenios consolidados (tablas de antigüedad consolidada); no genera nuevos tramos y se extingue con el contratoSolo quien tenía derecho al complemento de antigüedad el 21/11/1996art. 29 y tablas de antigüedad consolidada (tabla 2026)

Horas extra: precio fijado por categoría, de 12,34 a 23,05 € la hora (art. 34 y tabla de horas extras (2026)).

Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía salarial 2022-2024 del VII Convenio General: las tablas de 2024 suben un 0,4 % con efectos de 1/1/2025 (más otro 0,4 % a las aportaciones al plan de pensiones). Acta de 18/7/2025 firmada por la patronal y UGT-FICA; CCOO del Hábitat no asistió.); 2025: 3,5 % (Tablas definitivas de 2025: +3,5 % sobre las de 2024 (ya con la garantía del 0,4 %), con efectos de 1/1/2025.); 2025: 0,5 % (Aportación al Plan de Pensiones Simplificado del sector: +0,5 % sobre las tablas de 2024 (no es subida de tablas).); 2026: 3 % (Tablas definitivas de 2026: +3 % sobre las de 2025, con efectos de 1/1/2026.); 2026: 0,25 % (Aportación al Plan de Pensiones Simplificado del sector: +0,25 % sobre las tablas de 2025 (no es subida de tablas).).

Cláusula de revisión: Cláusula de garantía 2025-2026 del VII Convenio General: si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso va a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. El art. 4 del convenio provincial remite al Convenio General. (art. 55.7 del VII CGSC (BOE 10/12/2025); art. 4 del convenio).

04 · Categorías profesionales

Categorías profesionales.

16 categorías o puestos en 1 grupos profesionales.

Grupo Sin grupo 16 categorías
  • Nivel II · Titulados superiores · nivel II
  • Nivel III · Titulados medios, jefe administrativo de 1.ª · nivel III
  • Nivel IV · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado general · nivel IV
  • Nivel V · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra · nivel V
  • Nivel VI · Encargado de obra, oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª · nivel VI
  • Nivel VII · Capataz, delineante de 2.ª, especialista de oficio · nivel VII
  • Nivel VIII · Oficial de 1.ª de oficio, oficial administrativo de 2.ª · nivel VIII
  • Nivel IX · Oficial de 2.ª de oficio, auxiliar administrativo · nivel IX
  • Nivel X · Ayudante de oficio, especialista de 1.ª · nivel X
  • Nivel XI · Peón especializado, especialista de 2.ª · nivel XI
  • Nivel XII · Peón ordinario, limpiador/a · nivel XII
  • Nivel XIII · nivel XIII
  • Nivel XIV · Contrato formativo, menos de 21 años, 1.er año · nivel XIV
  • Nivel XIV · Contrato formativo, menos de 21 años, 2.º año · nivel XIV
  • Nivel XIV · Contrato formativo, más de 21 años, 1.er año · nivel XIV
  • Nivel XIV · Contrato formativo, más de 21 años, 2.º año · nivel XIV

05 · Periodo de prueba y jornada

Periodo de prueba, preaviso y jornada.

Jornada anual1736 h
Pagas extra2

Incluidas en el bruto anual de la tabla

Periodo de prueba

  • Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
  • Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
  • Empleados de niveles VI a X: 2 meses
  • Resto de empleados: 15 días
  • Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
  • Resto de personal operario: 15 días

Preaviso si te vas

El convenio no fija preaviso de dimisión.

06 · Novedades

Novedades del convenio.

  • Tablas salariales definitivas 2025 (+3,5 %) y 2026 (+3 %) y aportaciones al plan de pensiones · Fuente
  • Calendario laboral 2026 del sector · Fuente

07 · Preguntas

Lo que más se pregunta.

¿Está vigente el convenio de construcción de Jaén?

Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2021 al 31/12/2026. Vigente hasta el 31/12/2026 según REGCON. Tablas definitivas de 2025 y 2026 publicadas en el BOP de Jaén de 21/1/2026.

¿Cuál es el salario mínimo del convenio de construcción de Jaén en 2026?

La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 11.804,86 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Jaén?

30 días naturales al año, según el art. 26.

¿Cuánto dura el periodo de prueba?

Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.

Fuente: BOP Jaén de 9 de diciembre de 2021 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.

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