Convenio colectivo · Provincial · Huesca
Convenio de construcción de Huesca 2026.
El convenio de construcción de Huesca está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario de tabla va de 22.575 € a 29.128 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOP Huesca · 22/11/2023 · actualizado elConvenio Colectivo de Trabajo de la Industria de la Construcción y Obras Públicas de la provincia de Huesca
Vigente hasta el 31/12/2026 (art. 4). Tablas 2025 y 2026 publicadas (BOP 18/12/2025) con las subidas del Convenio General estatal.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Nivel II (mensual) · Personal titulado superior | 1.585,32 € | 14 | 29.128,05 € | Calcular neto |
| Nivel III (mensual) · Titulado medio, jefe administrativo de 1.ª | 1.498,77 € | 14 | 27.821,10 € | Calcular neto |
| Nivel IV (mensual) · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado general, encargado general de fábrica | 1.452,73 € | 14 | 27.110,21 € | Calcular neto |
| Nivel V (mensual) · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra, jefe de sección de organización de 2.ª, jefe de compras | 1.411,69 € | 14 | 26.517,53 € | Calcular neto |
| Nivel VI (mensual) · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, técnico de organización de 1.ª, encargado o jefe de taller, escultor de piedra y mármol, encargado de sección | 1.383,69 € | 14 | 26.052,75 € | Calcular neto |
| Nivel VII (diario) · Capataz, auxiliar técnico de obra, especialista de oficio | 44,19 €/día | 14 | 25.328,63 € | Calcular neto |
| Nivel VII (mensual) | 1.325,42 € | 14 | 25.175,53 € | Calcular neto |
| Nivel VIII (diario) · Oficial de 1.ª de oficio | 43,01 €/día | 14 | 24.786,84 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 17. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 44).
4 de los 7 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hecho | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | anexo V |
| Fallecimiento de padres, abuelos, hijos, nietos, cónyuge, hermanos y suegros (5 días laborables con desplazamiento) | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | anexo V |
| Enfermedad, accidente, hospitalización o intervención con reposo de padres, suegros, hijos, nietos, cónyuge, hermanos y abuelos | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | anexo V |
| Nacimiento o adopción de un hijo | 2 | Mejora el Estatuto | anexo V |
| Matrimonio de un hijo/a (3 días con desplazamiento) | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | anexo V |
| Cambio de domicilio habitual | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | anexo V |
| Deber inexcusable de carácter público o personal y exámenes de estudios oficiales | — | Mejora el Estatuto | anexo V |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Plus de asistencia | 15,79 € por día | Por día efectivo de trabajo; igual para todos los niveles | art. 27 y tablas 2026 |
| Plus de transporte | 6,46 € por día | Por día efectivo de trabajo; igual para todos los niveles; no computa para pagas, vacaciones, horas extra ni despido | art. 35 y tablas 2026 |
| Plus de trabajo nocturno | 25 % sobre el salario base por hora | Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 | art. 29.2 |
| Trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos | 25 % sobre el salario base | Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas | art. 29.1 |
| Plus de trabajo en altura | 25 % sobre el salario base | Trabajo a más de 1.500 metros sobre el nivel del mar | art. 29.3 |
| Antigüedad consolidada («ad personam») | Importe consolidado a 21/11/1996 según las tablas del BOP de Huesca n.º 100 de 4/5/2001; invariable, se suma a pagas y vacaciones y se extingue con el contrato | Solo quien ingresó en la empresa antes del 21/11/1996 | arts. 28, 32 y 33 |
| Complemento por discapacidad | Por mes natural: 17 € (grado 13 %-22 %), 24 € (23 %-32 %), 34 € (33 % o más) | Personal con discapacidad reconocida por el organismo oficial; un solo complemento según el grado | art. 30 |
| Desgaste de herramientas | 0,48 € por día | Cuando el trabajador aporta la arquilla completa; por día de trabajo efectivo (en pintura, la herramienta la pone siempre la empresa) | art. 36 |
| Dieta completa | El texto fija 52 € para 2024; el acta de 4/12/2025 no publica dietas de 2026: sin importe publicado para este año. | Desplazamiento que impide pernoctar en casa (20 % si la empresa costea manutención y alojamiento) | art. 38 |
| Media dieta | El texto fija 16 € para 2024; el acta de 4/12/2025 no publica dietas de 2026: sin importe publicado para este año. | Desplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa | art. 38 |
| Kilometraje | 0,24 € | Centro de trabajo a más de 15 km de la localidad de residencia sin transporte de la empresa; desde el kilómetro 16 | art. 39 |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 17,98 a 23,46 € la hora (art. 31 y tablas «Precio hora extraordinaria» y «Precio hora extraordinaria festivo» 2026).
Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía 2022-2024: las tablas de 2024 suben un 0,40 % (sin efectos retroactivos) como base para 2025.); 2025: 3,5 % (Tablas 2025 = tablas 2024 revisadas + 3,50 %. Se aplican desde su publicación (18/12/2025); los atrasos desde el 1/1/2025 pueden pagarse en los dos meses siguientes.); 2025: 0,5 % (Contribución al plan de pensiones: +0,50 % de los conceptos salariales de las tablas de 2024 revisadas (no es subida de tablas).); 2026: 3 % (Tablas 2026 = tablas 2025 + 3 % (tabla 2026 publicada).); 2026: 0,25 % (Contribución al plan de pensiones: +0,25 % de los conceptos salariales de las tablas de 2025 (no es subida de tablas).).
Cláusula de revisión: Cláusula de garantía 2025-2026: si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso va a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (acta de la Comisión Paritaria de 4/12/2025, punto 4).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
17 categorías o puestos en 1 grupos profesionales.
Grupo Sin grupo 17 categorías
- Nivel II (mensual) · Personal titulado superior · nivel II
- Nivel III (mensual) · Titulado medio, jefe administrativo de 1.ª · nivel III
- Nivel IV (mensual) · Jefe de personal, ayudante de obra, encargado general, encargado general de fábrica · nivel IV
- Nivel V (mensual) · Jefe administrativo de 2.ª, delineante superior, encargado general de obra, jefe de sección de organización de 2.ª, jefe de compras · nivel V
- Nivel VI (mensual) · Oficial administrativo de 1.ª, delineante de 1.ª, técnico de organización de 1.ª, encargado o jefe de taller, escultor de piedra y mármol, encargado de sección · nivel VI
- Nivel VII (mensual) · nivel VII
- Nivel VIII (mensual) · Técnico de organización de 2.ª, delineante de 2.ª, topógrafo de 2.ª, analista de 1.ª, viajante · nivel VIII
- Nivel IX (mensual) · Auxiliar administrativo, ayudante topógrafo, auxiliar de organización, conserje, vendedor, calcador · nivel IX
- Nivel X (mensual) · Auxiliar de laboratorio, vigilante, almacenero, enfermero, guarda jurado, cobrador · nivel X
- Nivel XI (mensual) · nivel XI
- Nivel XII (mensual) · Limpiador/a · nivel XII
- Nivel VII (diario) · Capataz, auxiliar técnico de obra, especialista de oficio · nivel VII
- Nivel VIII (diario) · Oficial de 1.ª de oficio · nivel VIII
- Nivel IX (diario) · Auxiliar administrativo de obra, oficial de 2.ª de oficio · nivel IX
- Nivel X (diario) · Listero, ayudante de oficio, especialista de 1.ª · nivel X
- Nivel XI (diario) · Especialista de 2.ª, peón especializado · nivel XI
- Nivel XII (diario) · Peón ordinario · nivel XII
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
- Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
- Empleados de niveles VI a X: 2 meses
- Resto de empleados: 15 días
- Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
- Resto de personal operario: 15 días
Preaviso si te vas
El convenio no fija preaviso de dimisión.
06 · Novedades
Novedades del convenio.
- Tablas salariales 2025 (+3,5 % con garantía del 0,4 %) y 2026 (+3 %), horas extra y plan de pensiones · Fuente
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de construcción de Huesca?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026. Vigente hasta el 31/12/2026 (art. 4). Tablas 2025 y 2026 publicadas (BOP 18/12/2025) con las subidas del Convenio General estatal.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de construcción de Huesca en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 22.575,01 € brutos al año a jornada completa (Nivel XII (mensual) · Limpiador/a).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Huesca?
30 días naturales al año, según el art. 44.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.
Fuente: BOP Huesca de 22 de noviembre de 2023 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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