Convenio colectivo · Provincial · Córdoba
Convenio de construcción de Córdoba 2026.
El convenio de construcción de Córdoba está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario va de 17.094 € (salario mínimo, porque hay categorías con tabla inferior) a 21.532 € brutos al año. Vacaciones: 30 días naturales.
FUENTEBOP Córdoba · 21/12/2022 · actualizado elConvenio Colectivo Provincial de Córdoba para las Industrias de la Construcción y Obras Públicas (2022-2026)
Vigente hasta el 31/12/2026; denunciado el 22/9/2026 para negociar el siguiente. Tablas 2025 y 2026 publicadas en el BOP de 6/2/2026.
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Capataz | 44,03 €/día | 14 | 21.531,85 € | Calcular neto |
| Oficial 1ª; Conductor 1º; Gruista 1º | 42,87 €/día | 14 | 20.977,29 € | Calcular neto |
| Oficial 2ª; Conductor 2º; Gruista 2º | 40,81 €/día | 14 | 20.003,84 € | Calcular neto |
| Vigilante; Ayudante y Guardas | 39,83 €/día | 14 | 19.542,82 € | Calcular neto |
| Peón especialista | 39,55 €/día | 14 | 19.408,46 € | Calcular neto |
| Peón ordinario | 39,10 €/día | 14 | 19.190,78 € | Calcular neto |
| Pinche 17-18 años | 34,61 €/día | 14 | 17.058,73 € | Calcular neto |
| Pinche 16-17 años | 33,13 €/día | 14 | 16.360,61 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 16. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 30 días naturales al año (art. 15).
5 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 14 y anexo III |
| Nacimiento o adopción de un hijo (4 días con desplazamiento) | 2 (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 14 y anexo III |
| Enfermedad grave, hospitalización o cirugía menor o ambulatoria del cónyuge, hijos, padres, nietos, hermanos, abuelos, suegros, cuñados, yernos o nueras (4 días con desplazamiento) | 5 (4 con desplazamiento) | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) | art. 14 y anexo III |
| Fallecimiento del cónyuge, hijos, padres, nietos, hermanos, abuelos, suegros, cuñados, yernos o nueras (5 días con desplazamiento) | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 14 y anexo III |
| Fallecimiento de tíos o sobrinos (2 días con desplazamiento) | 1 (2 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 14 y anexo III |
| Matrimonio de un hijo (3 días con desplazamiento) | 1 (3 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 14 y anexo III |
| Cambio de domicilio habitual | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 14 y anexo III |
| Exámenes (tiempo necesario) | — | Mejora el Estatuto | art. 14 y anexo III |
| Deber inexcusable de carácter público o personal y asistencia al médico (tiempo indispensable) | tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 14.2 y anexo III |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Plus de actividad o asistencia | 26,68 € por día | Por día de trabajo efectivo, en proporción a la jornada, con rendimiento normal y puntualidad; se pierde con ausencias injustificadas al inicio o al final de la jornada | art. 46 y tabla 2026 |
| Plus extrasalarial de ropa (desgaste) | según categoría, de 1,80 a 2,72 € por día | Si la empresa no facilita la ropa de trabajo o su reposición; por día efectivamente trabajado | arts. 37 y 57 y tabla 2026 |
| Plus extrasalarial de herramienta (desgaste) | 0,90 € por día | Oficial 1.ª, oficial 2.ª y ayudante, si la empresa no facilita la herramienta o su reposición; por día efectivamente trabajado | arts. 37 y 57 y tabla 2026 |
| Plus de dedicación de operadores de grúa | 15,00 € por día | Operadores de grúas torre, puente y telescópicas que inician la jornada 15 minutos antes para revisar la grúa; por día efectivo de trabajo | art. 47.3 (redacción del acuerdo de 27/5/2026) |
| Complemento de dedicación de operadores de grúa torre | 16,50 € por día | Operadores de grúa torre; por día efectivo de trabajo, desde el 27/5/2026, con las mismas condiciones que el plus de dedicación Pacto firmado solo por UGT-FICA y CONSTRUCOR: puede no aplicarse en todas las empresas; compruébalo en tu nómina. | acuerdo sectorial de 27/5/2026 (UGT-FICA y CONSTRUCOR) |
| Plus de trabajo nocturno | 25 % sobre el salario base por hora | Trabajo entre las 22:00 y las 6:00 (salvo que el salario ya se fijara por ser trabajo nocturno) | art. 49 |
| Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos | 20 % sobre el salario base | Zanjas y pozos de más de 1,5 m, bámbolas o andamios metálicos de más de 6 m, derribos a más de 2 m, martillos perforadores, túneles y otros que acuerden empresa y representación; no consolidable | art. 53 |
| Plus de conservación en contratas de mantenimiento de carreteras | 4,00 € por día | Personal de contratas de conservación y mantenimiento de carreteras; por día efectivo de trabajo | art. 48 |
| Gastos de locomoción | 0,20 € | Obras a más de 2 km del casco urbano donde se contrató, si la empresa no paga el transporte público ni pone vehículo; un viaje de ida y vuelta | art. 56 y tabla 2026 |
| Dieta completa | 44,87 € por día | Desplazamiento que impide pernoctar en casa; por día natural salvo vacaciones y descansos disfrutados en casa (20 % si la empresa paga manutención y alojamiento) | art. 58 y tabla 2026 |
| Media dieta | 17,85 € por día | Desplazamiento que obliga a comer fuera y permite pernoctar en casa; por día efectivo de trabajo | art. 58 y tabla 2026 |
| Complemento por discapacidad | 17 € al mes (13-22 %), 24 € (23-32 %) y 34 € (33 % o más); un solo complemento | Discapacidad reconocida por el organismo oficial (13 % o más) | art. 52 |
| Antigüedad consolidada («ad personam») | Importe fijo e invariable consolidado al 21/11/1996; se suma a las pagas extraordinarias y se extingue con el contrato | Solo quien la tenía el 21/11/1996 | art. 55 |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 17,66 a 27,46 € la hora. La empresa puede compensarlas con descanso equivalente si no perturba la producción; las compensadas no cuentan para el límite de 80 al año (art. 54 y tabla 2026 (columnas «dos primeras» y «restantes»)).
Subidas pactadas: 2025: 0,4 % (Cláusula de garantía salarial: la tabla de 2024 se incrementa un 0,40 % (base para 2025).); 2025: 3,5 % (Incremento del 3,50 % en tablas (VII CGSC).); 2025: 0,5 % (Aportación al plan de pensiones del sector: +0,50 % (no es subida de tablas).); 2026: 3 % (Incremento del 3,00 % en tablas (VII CGSC).); 2026: 0,25 % (Aportación al plan de pensiones del sector: +0,25 % (no es subida de tablas); cuadro de 2026 corregido por el acta de 22/6/2026.).
Cláusula de revisión: Cláusula de garantía 2025-2026 del VII Convenio General: si la suma del IPC de diciembre de 2025 y de 2026 supera el 7,25 % (máximo 9,25 %), las tablas de 2026 se incrementan con efectos de 1/1/2027, sin efectos retroactivos; la mitad del exceso va a tablas y la otra mitad al plan de pensiones. (art. 55.7 del VII CGSC (BOE 10/12/2025); el art. 40 del convenio provincial recogía la de 2022-2024).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
16 categorías o puestos en 2 grupos profesionales.
Grupo Personal operario (retribución diaria) 8 categorías
- Capataz · nivel VII
- Oficial 1ª; Conductor 1º; Gruista 1º · nivel VIII
- Oficial 2ª; Conductor 2º; Gruista 2º · nivel IX
- Vigilante; Ayudante y Guardas · nivel X
- Peón especialista · nivel XI
- Peón ordinario · nivel XII
- Pinche 17-18 años · nivel XIII
- Pinche 16-17 años · nivel XIV
Grupo Personal de retribución mensual 8 categorías
- Pers. Téc. Superior · nivel II
- Pers. Titulado Medio y Jefe Admtvo. 1º · nivel III
- Jefe Personal, Ayudante Obras y Encargo Obras Gral. · nivel IV
- Jefe Admtvo. 2º, Delineante Sup. y encargados obras · nivel V
- Oficial Admtvo. 1ª, Delineante 1º y Encargado obras · nivel VI
- Delineante 2º y Práctico Topógrafo · nivel VII
- Oficial Admtvo. 2ª · nivel VIII
- Aux. Admtvo y Ayudante Topógrafo · nivel IX
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses
- Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses
- Empleados de niveles VI a X: 2 meses
- Resto de empleados: 15 días
- Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
- Resto de personal operario: 15 días
Preaviso si te vas
- Todo el personal: 1 días
06 · Novedades
Novedades del convenio.
- Nueva redacción del art. 47: plus de dedicación de gruistas de 15 €/día · Fuente
- Complemento de dedicación de 16,50 €/día para operadores de grúa torre (31,50 € con el plus del art. 47) · Fuente
- Tablas salariales 2024 (con garantía), 2025 (+3,5 %) y 2026 (+3 %) y calendario laboral 2026 · Fuente
- Acuerdo en el SERCLA: plus de dedicación de gruistas de 25,40 €/día en noviembre y diciembre de 2025; desconvocada la huelga · Fuente
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de construcción de Córdoba?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2026. Vigente hasta el 31/12/2026; denunciado el 22/9/2026 para negociar el siguiente. Tablas 2025 y 2026 publicadas en el BOP de 6/2/2026.
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de construcción de Córdoba en 2026?
La tabla tiene categorías por debajo del salario mínimo interprofesional (la más baja, 16.360,61 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Córdoba?
30 días naturales al año, según el art. 15.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados superiores y medios: 6 meses. Empleados de niveles III (salvo titulados medios), IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.
Fuente: BOP Córdoba de 21 de diciembre de 2022 y revisiones posteriores. Revisado por Gala Worklab el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
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