Convenio colectivo · Provincial · Araba/Álava
Convenio de construcción de Araba/Álava 2026.
El convenio de construcción de Araba/Álava está vigente (vigencia hasta el 31/12/2026). En 2026 el salario de tabla va de 21.553 € a 45.077 € brutos al año según la categoría. Vacaciones: 22 días laborables.
FUENTEBOTHA · 31/03/2025 · actualizado elConvenio colectivo para el sector de la construcción y obras públicas de Álava 2024-2026
Vigente hasta el 31/12/2026 (art. 2); después sigue en vigor hasta que lo sustituya otro. Tablas 2024, 2025 y 2026 incluidas en el texto (BOTHA 31/3/2025).
01 · Tablas salariales
Tablas salariales 2026.
| Categoría | Salario base / mes | Pagas | Bruto anual | Neto |
|---|---|---|---|---|
| Jefe/a de Servicio | 79,64 €/día | 14 | 45.077,23 € | Calcular neto |
| Jefe/a de Obra | 74,29 €/día | 14 | 42.660,91 € | Calcular neto |
| Arquitecto/a | 74,30 €/día | 14 | 42.657,51 € | Calcular neto |
| Licenciado /a | 74,30 €/día | 14 | 42.657,51 € | Calcular neto |
| Ingeniero/a | 74,30 €/día | 14 | 42.657,51 € | Calcular neto |
| Ayudante de Servicio | 71,16 €/día | 14 | 41.300,39 € | Calcular neto |
| Aparejador/a | 64,74 €/día | 14 | 38.331,09 € | Calcular neto |
| Perito e Ing. Tac. | 64,74 €/día | 14 | 38.331,09 € | Calcular neto |
Las 8 categorías mejor pagadas de 46. Importes brutos de tabla, sin antigüedad ni pluses personales.
02 · Permisos y vacaciones
Permisos y vacaciones.
Vacaciones: 22 días laborables al año (art. 36).
7 de los 13 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores.
| Permiso retribuido | Días | Frente al Estatuto | Artículo |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hecho | 15 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.1.a |
| Matrimonio de hijos | 1 | Mejora el Estatuto | art. 37.1.b |
| Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes de 1.er grado de ambos | 3 (5 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto | art. 37.1.c |
| Fallecimiento de parientes de 2.º grado | 2 (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.1.d |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo del cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o conviviente | 5 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.1.e |
| Traslado del domicilio habitual | 1 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.1.f |
| Exámenes en centros de enseñanza reconocidos (tiempo necesario) | — | Mejora el Estatuto | art. 37.1.g |
| Visita al médico de la Seguridad Social (tiempo necesario) | — | Mejora el Estatuto | art. 37.1.h |
| Acompañar al cónyuge, pareja o hijo menor de 16 años a una intervención con anestesia sin hospitalización | 1 | Mejora el Estatuto | art. 37.1.j |
| Acompañar a familiares de 1.er grado a tratamientos oncológicos o de gravedad similar (tiempo indispensable) | — | Mejora el Estatuto | art. 37.1.k |
| Renovación de permisos de trabajo y residencia (tiempo indispensable) | — | Mejora el Estatuto | art. 37.1.l |
| Imposibilidad de acceder al trabajo por restricciones de la autoridad o riesgo grave (hasta 4 días) | 4 | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.1.m |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (tiempo indispensable) | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto | art. 37.2 |
03 · Pluses y horas extra
Pluses y horas extra.
Lo que puedes cobrar además del salario de tabla en 2026, según el convenio.
| Plus o complemento | Cuánto | Quién lo cobra | Artículo |
|---|---|---|---|
| Plus de actividad y asistencia | según categoría, de 3,26 a 3,41 € por hora | Por hora de trabajo efectivo con un nivel de productividad normal y correcto | art. 39 y tablas 2026 |
| Plus extrasalarial (transporte y distancia) | 1,03 € por hora | Por hora de trabajo efectivo en jornada normal; igual para todas las categorías | art. 48 y tablas 2026 |
| Plus de trabajo nocturno | 25 % sobre el salario base por hora | Trabajo entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario ya se haya fijado por ser nocturno por naturaleza | art. 46 |
| Plus de trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos | 20 % sobre el salario base | Labores excepcionalmente penosas, tóxicas o peligrosas; no consolidable | art. 45 |
| Plus de especial dedicación de gruista | 3,10 € por día | Operadores de grúa torre que pactan empezar 15 minutos antes para revisar la grúa; por día efectivo de trabajo; no consolidable | art. 40 |
| Dieta completa | 50,00 € por día | Igual para todos los niveles | art. 50 |
| Media dieta | 18,00 € por día | Igual para todos los niveles; 1 € más si hay que desplazarse antes de las 6:30 | art. 50 |
| Locomoción con vehículo propio | 0,42 € | Desplazamientos con vehículo propio a requerimiento de la empresa | art. 49 |
| Complemento de antigüedad consolidada | Importe diario consolidado según la tabla anexa (por años de antigüedad a 1/1/1997 y categoría o tarifa); invariable; se suma también a pagas y vacaciones (30 días) | Solo quien percibía antigüedad el 1/1/1997 | art. 42 y anexo |
Horas extra: precio fijado por categoría, de 13,22 a 29,71 € la hora. Las que respondan a las causas del Acuerdo sobre el Empleo del Consejo de Relaciones Laborales (15/1/1999) se compensan con tiempo libre; las demás se pagan al precio de la tabla (art. 47 y tablas 2026 (columna «Hora extra»)).
Subidas pactadas: 2025: 3 % (Incremento salarial del 3 % en 2025 (tabla publicada).); 2026: 3 % (Incremento salarial del 3 % en 2026 (tabla publicada).); 2025: 0,5 % (Aportación al plan de pensiones de 2025: +0,5 % de los conceptos salariales de las tablas de 2024 (no es subida de tablas).); 2026: 0,25 % (Aportación al plan de pensiones de 2026: +0,25 % de los conceptos salariales de las tablas de 2025 (no es subida de tablas).); 2027: (Si la suma de los IPC de 2024, 2025 y 2026 supera el 8 %, los salarios se actualizan en la diferencia desde el 1/1/2027.).
Cláusula de revisión: En 2027, si la suma de los IPC de 2024, 2025 y 2026 supera la suma de los incrementos aplicados (8 %), los salarios se actualizan obligatoriamente al alza en esa diferencia con efectos de 1/1/2027; si no la supera, no hay actualización. (art. 4).
04 · Categorías profesionales
Categorías profesionales.
46 categorías o puestos en 8 grupos profesionales.
Grupo Oficios clásicos 7 categorías
- Encargado de obra · nivel VI
- Capataz de oficios · nivel VII
- Oficial 1ª de ofic. · nivel VIII
- Oficial 2ª de ofic. · nivel IX
- Ayudante de oficios · nivel X
- Especialista · nivel XI
- Peón/a ordinario · nivel XII
Grupo Oficios auxiliares 2 categorías
- Jefe/a de taller · nivel VI
- Contram de taller · nivel VII
Grupo Auxiliares de obra 3 categorías
- Auxil. técnico obra · nivel VIII
- Aux.administ. obra · nivel IX
- Listero/a · nivel IX
Grupo Personas trabajadoras-administ. 8 categorías
- Jefe/a Administra. 1ª · nivel III
- Jefe/a Administra. 2ª · nivel V
- Jefe/a de Personal · nivel IV
- Ofic. Administrat. 1ª · nivel VI
- Ofic. Administrat.2ª · nivel VIII
- Aux. Administrativo · nivel IX
- Telefonista · nivel X
- Aspirante · Personas trabajadoras-administ. · nivel XIII
Grupo Empl. subalternos/as 6 categorías
- Conserje · nivel XI
- Cobrador/a · nivel X
- Guarda Jurado · nivel X
- Ordenanza Enfermera · nivel X
- Botones 18-20 años · nivel XIII
- Botones 16 -18 años (contrato formativo) · nivel XIII
Grupo Personal superior 3 categorías
- Jefe/a de Servicio · nivel II
- Jefe/a de Obra · nivel II
- Ayudante de Servicio · nivel II
Grupo Personal titulado 8 categorías
- Arquitecto/a · nivel II
- Licenciado /a · nivel II
- Ingeniero/a · nivel II
- Aparejador/a · nivel III
- Perito e Ing. Tac. · nivel III
- Ingeniero Técnico O.P . · nivel III
- Graduado Social · nivel III
- Practicante ATS · nivel IV
Grupo Personas trabajadoras técnicos 9 categorías
- Ayudante de obra · nivel IV
- Encargado general · nivel IV
- Delineante Proyect. · nivel V
- Delineante de 1ª · nivel VI
- Delineante de 2ª · nivel VII
- Práctico de topógrafo/a de 1ª · nivel VI
- Práctico de topógrafo/a de 2ª · nivel VII
- Ayt. práctico en topografía · nivel IX
- Aspirante · Personas trabajadoras técnicos · nivel XIII
05 · Periodo de prueba y jornada
Periodo de prueba, preaviso y jornada.
Incluidas en el bruto anual de la tabla
Periodo de prueba
- Técnicos titulados: 6 meses
- Empleados de niveles III, IV y V: 3 meses
- Empleados de niveles VI a X: 2 meses
- Resto de empleados: 15 días
- Personal operario: encargados y capataces: 1 mes
- Resto de personal operario: 15 días
Preaviso si te vas
- Personal con retribución mensual: 30 días
- Personal auxiliar de obra: 15 días
- Personal con retribución diaria: 7 días
07 · Preguntas
Lo que más se pregunta.
¿Está vigente el convenio de construcción de Araba/Álava?
Su estado a 14 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2024 al 31/12/2026. Vigente hasta el 31/12/2026 (art. 2); después sigue en vigor hasta que lo sustituya otro. Tablas 2024, 2025 y 2026 incluidas en el texto (BOTHA 31/3/2025).
¿Cuál es el salario mínimo del convenio de construcción de Araba/Álava en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 21.553,13 € brutos al año a jornada completa (Botones 16 -18 años (contrato formativo)).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de construcción de Araba/Álava?
22 días laborables al año, según el art. 36.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados: 6 meses. Empleados de niveles III, IV y V: 3 meses. Empleados de niveles VI a X: 2 meses. Resto de empleados: 15 días. Personal operario: encargados y capataces: 1 mes. Resto de personal operario: 15 días.
Fuente: BOTHA de 31 de marzo de 2025 y revisiones posteriores. Actualizado el 14 de octubre de 2026. Información orientativa: el texto que vale es el publicado en el boletín oficial.
¿Eres empresa?
Aplica el convenio sin errores en tus nóminas.
Tablas listas para tu plantilla, registro retributivo y avisos cuando cambie tu convenio.
Siguiente paso